+ Dicho entidad asume facultades exclusivas que otorga la
ley a esta autoridad ambiental federal sin que exista convenio de asunción de
funciones alguno.
+ Profepa realizó más de 80 acciones en lo que va del año
contra cambio ilegal cambio de uso de suelo en terrenos forestales para cultivo
de aguacate.
+ Mediante inspecciones, detectó plantación de 93,363
plantas de aguacate sin autorización; presenta denuncias penales ante PGR.
+ Operativos han permitido remitir ante MPF a 16 personas
detenidas en flagrancia por violar legislación ambiental.
+ Exhorto del Congreso de la Unión a cumplir la ley debe
ser atendido por el gobierno del estado de Michoacán.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
(PROFEPA) informa que todas las acciones de inspección y vigilancia en terrenos
forestales que ha realizado hasta el momento el Gobierno del estado de
Michoacán son ilegales, toda vez que dicha atribución es responsabilidad
exclusiva de ésta autoridad federal.
Al no existir ninguna clase de acuerdo o convenio de
asunción de funciones en materia de inspección y vigilancia forestal, las
diversas acciones que realiza el citado gobierno estatal a través de la
Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático (SEMARNACC)
contra el presunto cambio de uso de suelo en huertas aguacateras, están fuera
de la ley.
La PROFEPA informa que, durante el periodo de Agosto de
2015 al mes de Mayo de 2017, ha realizado más de 80 acciones en materia
forestal en el estado de Michoacán, entre las que se encuentran la clausura
total temporal de 13 predios por detectar actividades ilegales de remoción de
la vegetación, así como por la apertura de ollas para la
captación de agua.
En dichas inspecciones se ha encontrado la plantación de
93,363 plantas de aguacate, sin contar con la autorización correspondiente en
cuanto al Cambio de Uso del Suelo en Terrenos Forestales.
Además implementó un procedimiento administrativo en cada
uno de los predios y la puesta a disposición del Ministerio Público Federal de
16 personas detenidos en flagrancia.
Las regiones con mayor incidencia son la Meseta Purépecha
y oriente del Estado, principalmente en los municipios de Tacámbaro, Zacapú,
Purépero, Jiménez, Ziracuaretiro, Uruapan, Tancítaro y Zitácuaro.
En dicho periodo también, se recibió un total de 49
denuncias por derribo de arbolado para Cambio de Uso de Suelo; en específico
para el establecimiento de huertas de aguacate.
En la comunidad indígena y ejido de Zirahuato, municipio
de Zitácuaro, se recibieron durante el año 2016, dos denuncias que fueron
atendidas de manera oportuna.
Cabe resaltar que en ese mismo periodo de tiempo se
llevaron a cabo 5 acciones de inspección que derivaron en procedimiento por
tala ilegal y cambio de uso de suelo.
En lo que va del 2017, en esa zona, se han realizado 2
operativos de inspección y vigilancia, a pesar de que no ha existido denuncia
alguna.
Uruapan (en la Comunidad indígena de Santa Ana Zirosto,
Ejido Santa Catarina, Ejido Toreo El Alto, San Francisco, y predios Amapola,
Joya Honda, La Hedionda, Loma Bonita y Los Arroyo) y Salvador Escalante (C.I.
Zirahuén, Ejido Ixtaro, Ejido Casas Blancas y Ejido Cuitzitán), son los
municipios que presentan mayor incidencia con nueve denuncias cada uno por
Cambio de Uso de Suelo.
Le siguen, las localidades de Peribán con 4 (C.I. San
Francisco Peribán, Ejido la Majada y Predio Gachupín); Tingambato 4 (Ejido 3
Tingambato, C.I. Santiago Tingambato, predio Petatillal); Zitácuaro 4 (C.I.
Zirahuato de los Bernal 3, C.I. Francisco Serrato 1) y Ziracuaretiro 3 (ejido
Zirimícuaro 2, Ejido San Andrés Coru 1).
En seguimiento a las denuncias ambientales y los
respectivos procedimientos administrativos instaurados de las visitas de
inspección, a partir del mes de septiembre del 2015, la PROFEPA presentó ante
la Procuraduría General de la Republica (PGR) en Michoacán, 4 denuncias penales
por Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales para el establecimiento de
huertas de aguacate.
Averiguaciones previas que se encuentran aún en
integración. Así mismo, en el año 2016 se presentaron 16 denuncias penales en
las subsedes de Uruapan, Zitácuaro, Morelia y Apatzingán, las cuales aún se
encuentran en integración y en lo que va del año 2017 se han presentado 4 que
de igual manera se encuentran en integración.
Es importante mencionar que la PROFEPA, dada la
importancia de la conservación de los recursos naturales del Estado y el
interés de frenar los Cambios de Uso de Suelo de Terrenos Forestales para el
cultivo del aguacate, ha realizado diversas reuniones de trabajo involucrando a
las dependencias del sector ambiental y agrícola federales y estatales, como
son la SEMARNAT, SEMARNACC, CONAFOR, SAGARPA, SEDRUA, CONAGUA, así como representantes
de las Juntas Locales de Sanidad Vegetal y la Asociación de Productores y
Empacadores Exportadores de Aguacate de México, A.C. (APEAM).
Lo anterior, con el objetivo de determinar de manera
coordinada las estrategias de atención a la problemática de la afectación de
las áreas arboladas por el establecimiento de huertas de aguacate, para que
estas dos actividades que es lo forestal y lo agrícola lleguen a ser ejercidas
de manera sustentable, económicamente redituable, pero
ambientalmente aplicable.
Es importante mencionar que para aprobar o suscribir un
acuerdo asunción de funciones con cualquier gobierno estatal o de la Ciudad de
México, es importante que la PROFEPA revise detalladamente los requerimientos
para la transferencia de funciones 4 en materia de inspección y vigilancia, tal
como lo estipula el Artículo 25 de la Ley General de Desarrollo Forestal
Sustentable.
Es por ello, que “en la celebración de convenios o
acuerdos de coordinación, se tomará en consideración que los gobiernos de los
Estados o de la Ciudad de México, y de los municipios en su caso,cuenten con
los medios necesarios, el personal capacitado, los recursos materiales y
financieros, así como la estructura institucional
específica para el desarrollo de las funciones que
soliciten asumir”.
Asimismo, los convenios y acuerdos deberán ajustarse, en
lo conducente, a las bases previstas en las Leyes General de Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente; y en la Ley de Planeación; y se basarán
en los principios de congruencia del Servicio Nacional Forestal.
Esta dependencia federal reitera que las recientes
modificaciones a la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del estado de
Michoacán no están por encima de la normatividad federal ambiental federal
vigente.
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