Ciudad de México, 22 de abril de 2021.- La
Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) interpuso
una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) contra el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (Decreto), al
considerar que parte de su contenido es contrario a
los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, que ordenan un régimen de
competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad.
Lo anterior, en afectación a la esfera competencial de la COFECE al
impedirle garantizar la competencia y libre concurrencia en
este sector.
Bajo
el esquema constitucional vigente es fundamental que existan
ciertos requisitos para que los mercados de generación y suministro
puedan operar en condiciones de competencia. Estas son: i) la
posibilidad de acceso abierto y no indebidamente
discriminatorio de cualquier generador a las redes de distribución y
transmisión eléctrica; ii) que el despacho de energía se rija por
criterios objetivos y de eficiencia, y iii) que el operador –Centro
Nacional de Control de Energía– y el regulador –Comisión Reguladora de
Energía– operen de manera independiente e imparcial, sin favorecer ni
otorgar ventajas indebidas a ningún participante.
Sin embargo, el Decreto que se impugna, entre otras cosas:
- Quebranta la regla de acceso abierto y no discriminatorio a las redes de distribución y trasmisión, lo que reduce la capacidad de competir de ciertos generadores y comercializadores.
- Elimina el criterio de despacho económico de las centrales eléctricas, otorgando ventajas indebidas en favor de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y anulando la capacidad de competir de otros agentes en el eslabón de generación.
- Diluye la regla de acceso abierto a las redes, habilitando negativas de acceso a este insumo indispensable cuando no existan impedimentos o justificaciones legítimas para ello.
- Permite a suministradores del servicio básico, específicamente a la CFE, la adquisición de la energía a través de métodos no competidos, ampliando indefinidamente el régimen legado, que originalmente era transitorio.
A juicio de esta autoridad las medidas contenidas en el Decreto son
contrarias a la Constitución y eliminan las condiciones necesarias para
que exista una dinámica de competencia en el mercado eléctrico, lo que
se traduciría en una perturbación en las condiciones de oferta de la
electricidad, así como en daños al consumidor y a la economía en
general.
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