- El Anteproyecto plantea especificaciones a la leche en polvo que se comercializa como materia prima en el territorio nacional, las cuales serían restrictivas y afectarían el proceso de competencia.
- Debido al déficit de lácteos en el país, México es el segundo importador de leche en polvo en el mundo. Por ello, es importante no imponer obstáculos al comercio mediante barreras regulatorias injustificadas.
Ciudad de México, 12 de julio de 2018.-
El Pleno de
la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión)
recomendó a la Secretaría de Economía modificar el Anteproyecto de Norma
Oficial Mexicana
PROY-NOM-222-SCFI/SAGARPA-2017- Leche en polvo o deshidratada -Materia prima- Especificaciones, Información Comercial y Métodos de Prueba
(Anteproyecto), con el objeto de eliminar disposiciones contrarias a la competencia y libre concurrencia.
El
Anteproyecto tiene la finalidad de establecer las especificaciones
fisicoquímicas, la información comercial y los métodos de prueba
aplicables
a la leche en polvo o leche deshidratada que se comercializa como
materia prima en el territorio nacional. Este producto se utiliza para
la preparación de leche reconstituida, panadería, pastelería, postres,
confitería, alimentos procesados, preparados para
lactantes, entre otros; puede ser instantánea o no, y los fabricantes
eligen el tipo de leche dependiendo del uso que darán para la
elaboración de sus productos.
En su análisis, la COFECE detectó que el Anteproyecto establece estándares más restrictivos que los referentes internacionales
–incluyendo los aplicados por nuestro principal socio comercial y por el
Codex Alimentarius de uso mundial–,
además de que determina un conjunto único de
parámetros fisicoquímicos independientemente del proceso productivo
utilizado. Por otra parte, los métodos de prueba contemplados no son
acordes a las buenas prácticas y podrían constituir un obstáculo
indebido al comercio. En este sentido, de aprobarse, el
Anteproyecto generaría aumentos en costos y restringiría la oferta de
este insumo en perjuicio de industriales y consumidores.
Debido
al déficit de lácteos en el país, México ocupa el segundo lugar entre
los importadores de leche en polvo del mundo; tan solo en 2017 se
ingresaron 334 mil toneladas. Por ello, resulta necesario que la
regulación sobre las condiciones mínimas de inocuidad y calidad de la
leche en polvo esté alineada con los estándares internacionales y no
propicie la restricción de fuentes adecuadas de abasto
vía importaciones. Lo anterior, a fin de evitar posible desabasto y/o
incrementos en el precio de este insumo en territorio nacional.
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