·
Su desempeño ha generado una desconfianza profunda en la
sociedad por la inconsistencia de sus fallos y por el exceso y frivolidad en el uso de sus presupuestos.
·
La integración actual de la Sala Superior genera recelo a
partir de la extensión indebida del mandato de cinco de sus siete integrantes,
guiada por acuerdos políticos indeseables.
·
En el 2017 la Sala Superior del TEPJF avaló todas las
irregularidades cometidas y denunciadas en las elecciones de Coahuila y el
Estado de México.
·
En lo que va de proceso electoral 2017-2018, el Tribunal
ha echado abajo medidas tomadas por el Instituto Nacional Electoral (INE)
dirigidas a inhibir la compra y coacción del voto; se ha otorgado facultades
discrecionales para anular elecciones; ha restringido la defensa de los
derechos humanos; ha permitido que un candidato con visiones ilegales,
anticonstitucionales y antidemocráticas compita por la Presidencia de la
República y ha avanzado la cultura de la simulación constitucional.
El
Comité Conciudadano para la Observación Electoral hace un llamado a toda la
población, a los organismos internacionales, asociaciones de abogados,
organizaciones de la sociedad civil, observadores electorales y expertos en
derecho electoral a vigilar estrictamente el desempeño de la Sala Superior del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), así como a denunciar
cualquier acto o decisión que aleje a
ese Tribunal de la recta conducta que todo órgano de justicia debe tener.
La
Sala Superior del TEPJF es una institución que se encuentra históricamente en
deuda con el desarrollo del estado de derecho democrático del país, pues no ha
contribuido a generar confianza ni hacia su trabajo ni hacia el proceso
electoral.
Desde
su puesta en marcha para arbitrar las elecciones de 1997, la Sala Superior no
ha cumplido con su obligación principal: evitar la falta de certeza y
garantizar la absoluta libertad de sufragio. Hoy existe una fuerte desconfianza
entre la población con relación a la libertad electoral, así como a la
pulcritud y corrección con la que se llevan a cabo las elecciones en el país.
Existen
algunas señales ominosas sobre la actuación de la Sala Superior del TEPJF en
funciones que ponen en tela de duda su
imparcialidad e independencia:
1. Poco
después de haber sido designados y mediante un acuerdo político poco
transparente y de dudosa legitimidad constitucional, el nombramiento de algunos
integrantes de la Sala Superior del TEPJF se amplió de tres a siete y de seis a
ocho años, pasando por alto las reglas constitucionales que fundaron el procedimiento
por el que fueron convocados a participar en el proceso de selección
Esta maniobra legislativa sirvió
de marco para que la Sala Superior resolviera que las elecciones celebradas en
los estados de México y Coahuila en el año 2017 fueron impecables, pasando por
alto todas las evidencias de compra y coacción del voto que se acumularon a lo
largo de esos procesos. La nueva Sala Superior del TEPJF se inauguró así,
avalando las peores prácticas de nuestra tradición electoral y que significaron
un retroceso de por lo menos 30 años.
2. La
Sala Superior echó para atrás las medidas aprobadas por el Consejo General de
INE, conocidas como Piso Parejo, que no tenían otro objetivo que el buscar una
mayor equidad en la contienda, desincentivando y obstaculizando la compra y
coacción del voto, lo que genera serias dudas sobre la voluntad o el propósito
de su actuación. (Sentencias del TEPJF: SUP-RAP-232 y SUP-RAP-607).
3. La
Sala Superior del TEPJF prohibió que cualquier otra autoridad electoral del
país, incluido el Instituto Nacional Electoral, maximice la protección de los
derechos humanos (jurisprudencia 14/2018). Para la Sala Superior, el acceso a
la protección de los derechos humanos debe restringirse y no ampliarse, lo que
significa una violación a la obligación que la Constitución les impone.
4. La
Sala Superior se otorgó facultades inmensas para anular las elecciones en el
país, al ordenar que, en el caso de que la diferencia entre el primero y el
segundo lugar en una elección sea menor de 5% de los votos y alguien alegue la
causal de nulidad por rebase de más del 5% de los gastos de campaña
autorizados, corresponde a quien va a la delantera probar que no ha rebasado
los topes de campaña (jurisprudencia 2/2018). Resulta preocupante que la Sala
Superior renuncie a sus obligaciones de ordenar las investigaciones más exhaustivas
y completas en materia de fiscalización.
Esto no sólo viola el principio de presunción de
inocencia sino que aparece como una intención de anular las elecciones, para lo
que se amplía sus facultades mediante un procedimiento muy cuestionable.
5.
La Sala Superior avaló la candidatura independiente del
señor Jaime Rodríguez a la Presidencia de la República, a pesar de la gran
cantidad de irregularidades que el Instituto Nacional Electoral detectó en la
recolección de firmas. Esto permitió que
un discurso de odio, enarbolado por un personaje que ha demostrado una y otra
vez su desprecio a la ley, esté presente en la contienda electoral. Mediante
una resolución jurídicamente frágil la máxima autoridad electoral permitió que
partícipe en la campaña presidencial un candidato que expone en forma impune posturas, puntos de vista y
criterios abiertamente contrarios al régimen constitucional de derechos que
caracteriza a México y que la propia Constitución prohíbe.
En
manos de la Sala Superior del TEPJF se encuentra todavía la posibilidad de
enmendar la historia de sospecha que ha rodeado al órgano desde su creación,
por lo que hacemos un llamado enérgico para que haga uso de las facultades que
ostenta, cumpliendo con las obligaciones de independencia, imparcialidad,
integridad, corrección, equidad, competencia y diligencia de fuente nacional e
internacional a las que se vincula en virtud de su carácter como órgano
jurisdiccional con rango constitucional.
Elisa
Alanís, Hugo Almada, Jorge Alonso, Socorro Apreza, Ivabelle Arroyo, Abelardo
Ávila, Elena Azaola, Alberto Aziz, Bernardo Barranco, Julio Miguel Bazdresch,
Isabel Blanco, Julio César Bonilla, Joaquín Borrell, Sergio Caloca, Angélica
Carrasquedo, Ingrith Carreón, Héctor Castillo Berthier, Isabel Castro, Alfonso
Celestino, María Enriqueta Cepeda, Hugo Concha Cantú, Miguel Concha, Paola
Contreras, Gabriel Corona, Magdalena Cos, José Antonio Crespo, Carlos Cruz,
Gabriela Delgado, Fernanda Díaz de León,
Miguel Eraña, Esteban Garaiz, Aidé García, Vivette García, Brenda Gómez, Ana
Vanessa González, Ramón Gutiérrez, Katya Hinke,
Eduardo Huchim, Ernesto Isunza, Francisca Jiménez, Lucina Jiménez, Clara
Jusidman, Flavio Lazos, Erika Llanos, Norma
Loeza, Osiris Marín, María Isabel Martínez, Consuelo Morales, Oscar Morales, Jorge Eduardo
Navarrete, Marisol Noriega, Alberto
Olvera, Joaquín Osorio, Ursula Oswald, Herminia Pasantes, Andrea Pérez, Carlos
Pérez, Ivet Pérez, Donancy
Resendiz, Ana
Saiz, Maylí Sepúlveda, Alberto Serdán, Mónica Tapia, Enrique Valencia, Karina
Vaquera, Gustavo Vela, Marcela Velázquez, Elio Villaseñor, Flor Zamora, Carlos
Zetina
Centro por un Recurso Efectivo AC, Circo Volador,
Cause Ciudadano, Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, AC (CADHAC),
Controla Tu Gobierno AC, Iniciativa Ciudadana y Desarrollo Social AC (Incide
Social), Iniciativa Ciudadana para el Diálogo y la Promoción de la Cultura del Diálogo AC, Red
por la Participación Ciudadana, Spatium Libertas AC.
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