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El lagarto colorado (Tupinambis rufescens) es una especie enlistada en el
Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) detectó 6,000 artículos de cuero curtido de lagarto
colorado, de la especie Tupinambis rufescens, en las instalaciones de la aduana
ubicada en el Municipio de Silao, Guanajuato, sin encontrar que al momento haya
registro de los propietarios o responsables del cargamento.
En el marco de las actividades
realizadas en el almacén de la aduana de Silao, personal de la Delegación
Federal de la PROFEPA en la entidad realizó una inspección de verificación a la
importación de dos registros, en los cuales se hallaban en cada uno 3,000
piezas de cuero curtido de lagarto colorado.
Por lo anterior, inspectores federales
de la PROFEPA observaron en los registros inspeccionados no existe datos de
quién o quiénes sean los propietarios de tal cargamento, el cual es producto
derivado del aprovechamiento ilícito de
ejemplares de vida silvestre.
Es importante señalar que el lagarto
colorado es una especie enlistada en el Apéndice II de la Convención sobre el
Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres
(CITES), por lo que el tráfico de subproductos derivados de él se encuentra
vigilado y sancionado.
La Ley General de Vida Silvestre en
sus artículos 122 y 127 establece la prohibición de la realización de actividades
de aprovechamiento de especies amenazadas, de la cual se derivan sanciones
económicas que van desde las 50 y hasta las 50,000 Unidades de Medida vigentes.
La
PROFEPA invita a la ciudadanía a no adquirir ejemplares de vida silvestre,
partes, derivados o productos elaborados
con piel de ejemplares de estas especies, a fin de contribuir a la
conservación y protección de la biodiversidad, ecosistemas y recursos naturales con el objetivo de evitar
la extinción de especies endémicas de nuestro país.
En otro orden de ideas, durante un recorrido de inspección en el mismo
municipio, se verificó el cambio de uso de suelo en terrenos forestales. En
atención una denuncia ciudadana,
inspectores de la PROFEPA encontraron obras consistentes en la apertura
de un camino con el uso de un tractor sobre orugas. Asimismo, se observó que se
llevó a cabo corte y extracción de suelo y horizonte rocoso.
Cabe
mencionar que no se localizó a ninguna persona realizando actividades, por lo
que tampoco se impusieron medidas de seguridad.
El
Código Penal Federal señala en su Artículo 418 que se impondrá pena de seis
meses a nueve años de prisión y multa de cien a tres mil días multa, al que
ilícitamente desmonte o destruya la vegetación natural; corte, arranque, derribe
o tale algún o algunos árboles, o cambie el uso del suelo forestal.
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