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Constata el desarrollo de obras y actividades sin contar con la
autorización en materia de Impacto Ambiental que otorga la SEMARNAT.
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Impone clausura al encontrarse evidencias de riesgo de daño al
ecosistema costero, con objeto de salvaguardar el derecho colectivo
a tener un medio ambiente sano.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) llevó a cabo
la clausura de las obras y actividades que se realizan en un predio que
se encuentra
inmerso en ecosistema costero en Bahía de Matanchén, Municipio de San
Blas, Nayarit, donde se constató la afectación de tres hectáreas, sin
contar con la autorización en materia de impacto ambiental que otorga la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT).
Durante una visita de inspección, personal de la PROFEPA en la
entidad detectó la construcción de una barda perimetral construida con
block y cemento, con una longitud de 515 metros y un metro a altura y la
instalación de una malla ciclónica de acero
en 280 metros de esta barda y de postes de acero en el resto de la
misma, así como la construcción de una casa rústica.
Las obras y actividades inspeccionadas se encuentran a una
distancia de entre 25 y 50 metros de la vegetación de manglar,
observando que la especie predominante en el ecosistema de manglar así
como en una vena de estero es
Laguncularia racemosa, conocida comúnmente como mangle blanco, especie considerada en la Norma
Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 como Amenazada.
Ante ello, y para evitar que se continúe ocasionando un riesgo de
daño a los recursos naturales en el ecosistema costero donde se
encuentra inmerso el sitio inspeccionado, con fundamento en el artículo
170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, se impuso como medida de
seguridad la CLAUSURA TOTAL TEMPORAL y se ordenó el retiro de la
maquinaria pesada detectada en el área inspeccionada.
De inmediato, la PROFEPA inició el procedimiento administrativo
correspondiente, en el que el responsable de las obras y actividades
inspeccionadas podría ser sancionado con una multa equivalente de 30 a
50 mil Unidades de Medida y Actualización por
las infracciones que se cometan, además de estar obligado a la
ejecución de las acciones tendientes a la reparación del daño, de
acuerdo con la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
Cabe señalar que los procedimientos administrativos instaurados
por la PROFEPA se encuentran fundamentados en los preceptos de garantía
constitucional, donde el daño y deterioro ambientales generan
responsabilidad para quienes los provocan, siendo de
orden público e interés social la protección, preservación y
restauración del ambiente, procurando una justicia ambiental real a
través del estricto cumplimiento de la ley.
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