· La
Norma Oficial Mexicana 027- ENER/SCFI-2018 entró en vigor el
pasado mes de agosto.
· La NOM 027- ENER/SCFI-2018 requiere que los
productores mexicanos de calentadores solares de agua
modifiquen sus productos que funcionan con baja presión
de agua a modelos que funcionen exclusivamente con alta
presión, con una tecnología anticuada e ineficiente para más del 70% de los hogares
mexicanos y duplicando su costo al consumidor.
· Las
irregularidades aprobadas en la NOM fueron
denunciadas desde 2015 por SOTECSOL
Ciudad
de México, a 20 de septiembre de 2018 — El día de hoy, la asociación de productores de
calentadores solares de agua de México, SOTECSOL (Sociedad
de Tecnología Solar Avanzada de Tubos Evacuados), denunció
que los cambios implementados en la Norma Oficial Mexicana
027- ENER/SCFI-2018 obliga a
los productores y distribuidores de estos productos de
energía sustentable a ofrecer e instalar calentadores
con una anticuada tecnología de más de 100 años, los
cuales son inadecuados para las condiciones en las que
se encuentra más del 70% de los hogares de México, que
no cuentan con presión de agua alta, además de duplicar
los costos de su producto.
Los calentadores solares de agua han sido una solución muy práctica para millones de hogares mexicanos en todo el país, que se beneficia por la alta radiación solar presente todo el año y permite a los usuarios reducir costos de gas, electricidad e incluso el uso de leña en algunas comunidades, a la vez de reducir la emisión de CO2 y la huella de carbono para de esta forma
cumplir con regulaciones internacionales vigentes y ayudar
significativamente al medio ambiente.
“Estos
calentadores fueron diseñados específicamente para ser
utilizados por mercados como el mexicano, que cuenta con
una baja presión de agua suministrada por la red
hidráulica y requiere funcionar con tinacos”, destaca
Gabriel Ruíz, vocero de SOTECSOL. “Las modificaciones
requeridas por la NOM 027-ENER/SCFI-2018 nos sacan
efectivamente del mercado, pues no podemos vender un producto que rebasa las necesidades de los hogares mexicanos al doble de precio”.
Se estima que
las nuevas medidas requeridas por la nueva norma oficial
mexicana afectan a más de 400 productores,
comercializadores e instaladores de calentadores solares
de agua de todo el país, en una industria creciente que ha
instalado cerca de tres millones de calentadores en el territorio nacional y que tiene un mercado exponencial en constante
crecimiento.
“La gente cada vez es más consciente de que tiene que implementar medidas sustentables ante el alto precio del gas LP y electricidad,
así como los daños al
medio ambiente que
genera calentar el agua de forma tradicional, como
leña y otros combustibles”, señala Ruíz. “Nuestros
productos pueden ser utilizados tanto en ciudades como en
comunidades rurales que no cuentan con un suministro
regular de energéticos e incluso agua, y son una tendencia
mundial de ahorro de combustible. Prácticamente todo hogar, oficina y fábrica puede instalar nuestros calentadores solares de agua para tener ahorros
inmediatos, y estas nuevas regulaciones eliminan esta posibilidad”.
En reuniones
entre productores, comercializadores y autoridades para
definir las nuevas regulaciones a los calentadores
solares, tanto las empresas asociadas en SOTECSOL como
varios productores independientes manifestaron su
inconformidad por los requerimientos de mayor resistencia de presión de agua, al pasar de 0.5 kilogramos de fuerza sobre centímetro
cuadrado, a 4.5 kilogramos de fuerza sobre centímetro
cuadrado, lo cual inmediatamente duplica los costos de
producción y hace que los calentadores sean inutilizables
por mas del 70% de los hogares mexicanos que no cuentan
con buena presión de agua y utilizan tinaco, e incluso rebasan a la norma internacional ISO 9806:2017
que establece que
los
calentadores solares de agua deben soportar una presión mínima de 1.5 veces la establecida por el fabricante, que en el caso de las casas mexicanas con tinaco no es mayor a 0.5 kilogramos de fuerza sobre centímetro cuadrado.
“Nosotros
manifestamos nuestra inconformidad desde el principio, y
creímos que al estar asentado en las actas oficiales de
las reuniones sería tomada en cuenta”, comenta Gabriel
Ruíz. “Técnicamente no tendríamos problema para cumplir
con la NOM, pero nos parece injusto que se nos obligue a
producir y comercializar un producto ineficiente y al
doble del precio, lo cual nos saca inmediatamente del
mercado”.
A pesar de
señalar que las nuevas medidas requeridas por la NOM-027-
ENER/SCFI-2018 afectarían a miles de empleos y
millones de familias mexicanas, los requerimientos fueron
cabildeados por la empresa Módulo Solar, propiedad de los
hermanos Daniel y Octavio García Valladares, este último un reconocido investigador en energía sustentable por parte de la UNAM, y
avalado por la Secretaría de
Energía, específicamente bajo la supervisión del Director
General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de
la Energía y Presidente del Comité Consultivo Nacional de
Normalización para la Preservación y Uso Racional de los
Recursos Energéticos, Odón Demófilo de Buen Rodríguez y el
Director General de Normas y Presidente del Comité
Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de
Economía, Alberto Ulises Esteban Marina.
“Nosotros queremos dar a conocer esta
arbitrariedad y que sea corregida por las autoridades
mexicanas. Consideramos que la nueva norma oficial afecta
tanto a desarrolladores habitacionales como consumidores,
y va a dañar irreversiblemente al mercado de energía solar
y a las familias mexicanas, principalmente aquellas de
bajos recursos en comunidades apartadas y grandes centros
poblacionales, que son las principales beneficiadas por
los ahorros y sustentabilidad de nuestras soluciones”,
concluye Ruíz.
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