La participación ciudadana, ha sido el motor para la creación de muchas
instituciones fundamentales del Estado Mexicano, como lo fue la
conformación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), en el cual
destaca la Iniciativa Ciudadana conocida como Ley 3 de 3.
La Ley General de Responsabilidades Administrativas (como se
denominó a la legislación que resultó de esa iniciativa ciudadana) que
se promulgó en Julio de 2016, constituyó un triunfo ciudadano para
iniciar el combate a la corrupción, ya que en la misma se incorporaron
instrumentos innovadores de prevención y control de la corrupción y de
la rendición de cuentas: me refiero a la declaración patrimonial, de
intereses y la fiscal.
Sin embargo, este avance no se consolida, y su aplicación es aun una
aspiración, puesto que al día de hoy no se han aprobado los
formatos para las declaraciones de los funcionarios, por el Comité
Coordinador del SNA.
A falta de los nuevos formatos los servidores públicos continúan
utilizando la declaración patrimonial en su estructura antigua y
limitada, que no son concordantes con el avance legislativo logrado, en
tanto que la declaración de interés no se realiza, simplemente porque
no existe formato aprobado por el Comité Coordinador del SNA.
Ante esto, desde Coparmex hacemos un llamado a aprobar de forma
inmediata los formatos de las declaraciones patrimonial y de
interés,
ya
que
resulta inadmisible se siga postergando la
implementación de esta herramienta fundamental en el control de la
corrupción por parte de la ciudadanía.
El 17 de marzo de 2016, como un legítimo ejercicio ciudadano se
presentó la iniciativa ciudadana de Ley General de Responsabilidades
Administrativas (Ley 3de3), para cumplir con el mandato constitucional,
debió de haberse aprobado por el Congreso de la Unión, el 28 de
mayo de 2016, conjuntamente con otras seis leyes que conformarían
de forma integral el Sistema Nacional Anticorrupción
Ante el desacertado desinterés político existente en ese momento, los
65 Centros Empresariales que conformamos COPARMEX publicamos
la “Declaración de Tijuana”, en donde urgíamos a los legisladores a que
aprobaran dichas leyes a la brevedad.
Hicimos un llamado a la rendición de cuentas y convocamos a los
ciudadanos para que castigaran en las urnas el evidente desinterés de
los legisladores de comprometerse con la transparencia.
Esta exigencia derivó en que el 15 de junio de 2016 el Congreso de la
Unión concluyere la aprobación de las siete leyes del SNA.
Sin embargo, la “Ley 3 de 3” sufrió de último momento dos
modificaciones controversiales contrarias al espíritu de la
iniciativa ciudadana que le dio origen.
El primero de esos cambios implicó la no incorporación de los
formatos y versiones públicas de las declaraciones “3 de 3”, en el
cuerpo de la propia ley, trasladando esta responsabilidad para ser
ejecutada posteriormente por el Comité Coordinador del SNA.
El segundo cambio se dio en la amplitud de los sujetos obligados para
presentar la declaración “3 de 3”. El senador Manuel Cárdenas Fonseca
del Partido Nueva Alianza propuso una modificación al artículo 32 que
ampliaba desproporcionadamente el número de sujetos obligados
a presentar sus declaraciones patrimoniales, de interés y fiscal,
desenfocando la obligación a cargo de los funcionarios públicos.
Bajo esta modificación, todas las personas físicas o morales que
tuviesen cualquier relación económica con el gobierno estarían
obligadas a presentar su declaración 3de3.
Esto implicaría, por ejemplo, que hasta los beneficiarios de una beca o
de la asistencia social, así como los proveedores menores del gobierno,
debieron presentar las mismas declaraciones que los políticos
profesionales con altas responsabilidades públicas.
Los desafortunados cambios fueron aprobados en el Senado de la
República, y ello derivó en una protesta pública que los miembros de
COPARMEX realizamos el 16 de Junio de 2016 en la propia columna
del Ángel de la Independencia.
Señalamos que estos cambios generarían incertidumbre jurídica e
ineficacia, y que los servidores públicos no podían homologarse en sus
responsabilidades a los particulares, ya que en estos últimos
representaría una obligación desproporcionada.
Esta propuesta de la Coparmex a la que siguió la indignación de
amplios sectores de la sociedad, motivó que el Presidente Enrique
Peña Nieto, en un hecho sin precedentes y de gran estatura
política, decidiera ejercer el 24 de Junio de 2016 sus facultades de
veto en contra 16 artículos de la LGRA donde se plasmaba un
retroceso a los avances de la Ley 3 de 3.
Fue la primera vez que un Presidente de la República vetaba una
iniciativa presentada por su propia bancada. A ello siguió la
convocatoria a un período extraordinario de sesiones del Congreso
de la Unión, también realizado de forma excepcional con el objetivo
único de revertir la llamada traición a la iniciativa 3de3 y que se había
gestado días antes en el Congreso de la Unión.
Finalmente el 18 de julio de 2016, se promulgó la Ley General de
Responsabilidades Administrativas (Ley 3de3), eliminadas de su
texto las modificaciones que se habían aprobado furtivamente.
A la luz del carácter histórico de la gesta ciudadana que condujo a la
conformación del SNA, resulta inconcebible que a casi dos años de
la promulgación de la Ley 3de3, aún no se tengan aprobados y en
vigor los formatos para presentar las declaraciones patrimonial y
de intereses, y se deje a la voluntad de los servidores públicos el uso
de los propuestos en su momento por las organizaciones sociales.
En efecto, conforme la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción y
específicamente en la Ley 3de3 la obligación de presentar las
declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a
los artículos 32 y 46 de la LGRA, será exigible para los obligados, a
partir del momento en que el Comité Coordinador del SNA dé a
conocer de manera oficial los formatos que se aplicarán para la
presentación de dichas declaraciones”.
En conclusión: Con todo y que existe un mandato legal para
presentar las declaraciones patrimonial, fiscal y de interés, a esta
fecha, está obligación no es exigible para los servidores públicos.
Es importante recalcar que esta situación no es una omisión menor, sino
que es una situación verdaderamente preocupante.
La no aprobación de los formatos de las declaraciones públicas
3de3, menoscaba profundamente los avances logrados en los
últimos años en materia de prevención y control de la corrupción.
Es importante dar dimensión a la omisión, en el marco de la
imposibilidad de implementar una verdadera rendición de cuentas por
parte de los funcionarios públicos.
Hasta antes de la Ley 3 de 3, la ley que regía las declaraciones de estos
funcionarios era la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas
de los Servidores Públicos (hoy derogada).
Dicha ley obligaba a los servidores públicos a presentar sus
declaraciones patrimoniales en los formatos establecidos por la
Secretaría de la Función Pública (SFP).
En 2015 se añadió la
obligación de presentar una declaración de conflicto de intereses.
La Ley 3 de 3 es distinta de la abrogada Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, pues
mandata que las declaraciones sean públicas, accesibles para
cualquier interesado en consultarlas.
Anteriormente, sólo se hacían públicas las declaraciones de los
funcionarios públicos que así lo hubieran decidido voluntariamente y
sólo los que trabajaban en el orden federal. Estas limitaciones legales,
fomentaban claramente que fuera creciendo la opacidad en nuestro
país.
Según la Organización Data Cívica, en el año 2017 por ejemplo el 73%
de los funcionarios federales decidió no hacer pública su
información patrimonial, el 12% de los funcionarios obligados lo
hizo de manera parcial y solamente el 15% la presentó de manera
completa.
Otro tópico significativo, es que según esta organización, durante el
año anterior a las elecciones (2017), las declaraciones totalmente
públicas de los funcionarios federales disminuyeron, mientras que el
porcentaje de los funcionarios que decidieron omitir cierta
información en su publicación se incrementó.
Ejemplo de esto es la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
el porcentaje de funcionarios con declaración pública bajó del 27% a
sólo el 8.8% de 2016 a 2017, mientras que el porcentaje de las
declaraciones no accesibles al público se elevó del 68% al 82% en este
mismo periodo de 2016 a 2017.
La importancia de este tema reside en el carácter público del propio
servicio público. Al ofrecer información sobre ingresos, egresos
patrimonios y posibles conflictos de intereses, los funcionarios se
someten plenamente al escrutinio público de la ciudadanía.
Estimados amigos:
Los ciudadanos debemos exigir una oportuna y verdadera rendición de
cuentas a los funcionarios públicos.
La aprobación de los formatos derivados de la Ley 3 de 3 es
fundamental para que exista un verdadero escrutinio ciudadano, pero
también para confirmar que la ley no puede modificarse artificiosamente
para rehuir los compromisos para avanzar en el control de la corrupción.
Desde Coparmex, hacemos un enérgico llamado al Comité
Coordinador
del
Sistema
Nacional
Anticorrupción
para
la
aprobación de los formatos que permitan monitorear el cumplimiento
de las obligaciones fiscales, la evolución patrimonial y los posibles
conflictos de interés de los servidores públicos.
De manera especial, conminamos a la Secretaría de la Función
Pública, al Instituto Nacional de Acceso a Ia Información y al
Comité de Participación Ciudadana, así como a los demás miembros
del propio Comité Coordinador del SNA, para que aprueben ya los
formatos 3 de 3, con perspectiva de transparencia de máxima
publicidad y desde luego respetando los datos personales.
Ya es demasiado tiempo para que la ley empiece a cumplirse.
La pasividad y el tortuguismo han dejado pasar dos oportunidades
legales, en los meses de mayo 2017 y mayo del 2018, sin que los
servidores públicos cuenten con los elementos para cumplir con la ley 3
de 3, que se aprobó desde julio 2016.
Si no se acelera el proceso de aprobación de los formatos, estaremos
frenando la oportunidad de que México avance con firmeza en el
combate de la corrupción y la impunidad.
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