lunes, 10 de septiembre de 2018

IMPONE PROFEPA CLAUSURA A OBRAS Y ACTIVIDADES REALIZADAS EN ECOSISTEMA COSTERO, EN SAN BLAS, NAYARIT


+  Constata el desarrollo de obras y actividades sin contar con la autorización en materia de Impacto Ambiental que otorga la SEMARNAT.

+ Impone clausura al encontrarse evidencias de riesgo de daño al ecosistema costero, con objeto de salvaguardar el derecho colectivo a tener un medio ambiente sano.

            La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) llevó a cabo la clausura de las obras y actividades que se realizan en un predio que se encuentra inmerso en ecosistema costero en Bahía de Matanchén, Municipio de San Blas, Nayarit, donde se constató la afectación de tres hectáreas, sin contar con la autorización en materia de impacto ambiental que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

         Durante una visita de inspección, personal de la PROFEPA en la entidad detectó la construcción de una barda perimetral construida con block y cemento, con una longitud de 515 metros y un metro a altura y la instalación de una malla ciclónica de acero en 280 metros de esta barda y de postes de acero en el resto de la misma, así como la construcción de una casa rústica.  

         Las obras y actividades inspeccionadas se encuentran a una distancia de entre 25 y 50 metros de la vegetación de manglar, observando que la especie predominante en el ecosistema de manglar así como en una vena de estero es Laguncularia racemosa, conocida comúnmente como mangle blanco, especie considerada en la Norma  Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 como Amenazada.

         Ante ello, y para evitar que se continúe ocasionando un riesgo de daño a los recursos naturales en el ecosistema costero donde se encuentra inmerso el sitio inspeccionado, con fundamento en el artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se impuso como medida de seguridad la CLAUSURA TOTAL TEMPORAL y se ordenó el retiro de la maquinaria pesada detectada en el área inspeccionada.

         De inmediato, la PROFEPA inició el procedimiento administrativo correspondiente, en el que el responsable de las obras y actividades inspeccionadas podría ser sancionado con una multa equivalente de 30 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización por las infracciones que se cometan, además de estar obligado a la ejecución de las acciones tendientes a la reparación del daño, de acuerdo con la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.     

         Cabe señalar que los procedimientos administrativos instaurados por la PROFEPA se encuentran fundamentados en los preceptos de garantía constitucional, donde el daño y deterioro ambientales generan responsabilidad para quienes los provocan, siendo de orden público e interés social la protección, preservación y restauración del ambiente, procurando una justicia ambiental real a través del estricto cumplimiento de la ley.

No hay comentarios:

Publicar un comentario