+ La clausura prevalecerá hasta en tanto el propietario
exhiba el libro de registro de entradas y salidas debidamente requisitados.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)
clausuró de manera total temporal un Centro de
Almacenamiento y Transformación de Materias Primas Forestales (CAT) que
operaba en el municipio de Metepec, estado de Hidalgo,
por presentar inconsistencias en los registros y sistemas de control de las materias primas forestales.
En
seguimiento al programa sistemático de revisión e inspecciones a
Centros de Almacenamiento
y Transformación Forestal, personal de la PROFEPA en la entidad llevó a
cabo inspección a un aserradero ubicado en el Ejido El Casco del
municipio de Metepec, al cual se le aseguró también un total de 188 m3 de madera en rollo y aserrada del género
pino.
El Centro de Almacenamiento clausurado llevaba a cabo trabajos de aserrío de madera en rollo para
obtener madera en escuadría o madera aserrada, misma que es utilizada para fabricar cajas de empaque.
Durante
la diligencia se realizó el inventario de la madera localizada en los
patios del CAT,
la revisión de la documentación forestal de transporte para acreditar
la legal procedencia de las materias primas forestales, la revisión de
su libro de registro y control, así como de la maquinaria y equipo
utilizado, entre otros aspectos.
Al
efectuar la revisión de los sistemas de control, como la documentación
forestal de transporte
y el libro de registro de entradas y salidas, así como al realizar el
balance de existencias, se encontraron inconsistencias en los diversos
volúmenes de madera en rollo que se encuentran registrados en la
documentación forestal solicitada a la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Ante
ello, los inspectores federales aplicaron la medida de seguridad
consistente en la Clausura
Total Temporal del CAT, de conformidad con el artículo 161, fracción
II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).
Se realizó el aseguramiento precautorio de los 188 m3 de madera de pino, la cual consiste
en 52 m3 de madera de pino en rollo de largas dimensiones, 30 m3 de madera en rollo de pino de cortas dimensiones, y 106 m3 de madera aserrada de pino.
Asimismo,
se aseguró precautoriamente la maquinaria y equipo que utiliza dicho
Centro; estas medidas
prevalecerán hasta en tanto el propietario del CAT exhiba el libro de
registro de entradas y salidas debidamente requisitados, según lo indica
el Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Dicho libro deberá ser respaldado con la documentación
forestal correspondiente.
Por
lo anterior, el inspeccionado podría ser sancionado con una multa
equivalente de 100 a 20
mil veces las Unidades de Medida y Actualización, de conformidad con lo
señalado en el artículo 165, fracción II, de la LGDFS, en caso de que
no logre solventar las irregularidades detectadas.
La PROFEPA reitera que continuará realizando las visitas de inspección a los CAT con el objetivo
de verificar que sus actividades estén apegadas a lo establecido en la LGDFS.
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