jueves, 24 de mayo de 2018

Investiga COFECE posibles prácticas monopólicas absolutas en obras públicas y servicios para la conservación y mantenimiento de la autopista Cuernavaca - Acapulco

 
  • La Autoridad Investigadora tiene indicios para suponer la realización de conductas anticompetitivas en dicho mercado.
  • Esta investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la LFCE.
  • Esta es la primera investigación que realiza la autoridad de competencia en un mercado relacionado con la contratación de obra pública.
Ciudad de México, 24 de mayo de 2018.- La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó hoy, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en su portal de internet, el extracto del aviso de inicio de una investigación de oficio por la probable realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado del servicio de mantenimiento, estabilización y/o protección de taludes y terraplenes de autopistas en el tramo carretero Cuernavaca- Acapulco.
Al respecto, la Autoridad Investigadora mencionó que esta indagatoria es la primera que se realiza en un mercado relacionado con la contratación de obra pública en el país.
De acuerdo con cifras de la Secretaría de Turismo, Acapulco recibió 6.5 millones de visitantes en 2017, esto lo ubica como el segundo destino más importante para la llegada de turistas en México, tan solo por debajo de Cancún que ocupa el primer lugar del país. Por lo anterior, el aforo vehicular en este tramo carretero es uno de los más utilizados a nivel nacional; en la temporada vacacional de invierno 2017, registró hasta 37 mil cruces vehiculares por día.
Las prácticas monopólicas absolutas son contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto es la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información entre ellos para realizar alguna de las conductas anteriores.
Esta investigación, con número de expediente IO-005-2017, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno. Lo anterior, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos, quienes, de ser el caso, serían considerados como probables responsables al término de la investigación.
El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir del 30 de noviembre de 2017, fecha de inicio de la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.
Si al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de dicha práctica anticompetitiva, el Pleno resolvería su cierre. En caso de que existan fundamentos que presuman una violación a la Ley, quienes resulten probables responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.
Conforme a la Ley Federal de Competencia Económica, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser multados hasta con el 10% de sus ingresos. También serían sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la realización de estas prácticas. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían ir a prisión, de conformidad con el Código Penal Federal, hasta por 10 años.

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