+ Detecta en inspección obras y actividades dentro del polígono del Sitio Ramsar denominado “Humedales
de Montaña María Eugenia”, que afectaron una superficie de 12 mil 831 metros cuadrados.
+ Asegura una planta de fábrica de concreto, una excavadora y un generador de electricidad, utilizadas
para cubrir los espacios de agua y vegetación.
+ Este Sitio Ramsar constituye un humedal único, de alta importancia para la conservación de la diversidad
biológica mundial, lo cual incluye el sustento de la vida humana, al ser espacio de suministro de agua potable.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró un
predio de casi 13 mil
metros cuadrados, localizado en el polígono del Sitio Ramsar denominado
“Humedales de Montaña María Eugenia”, en San Cristóbal de las Casas,
Chiapas, predio en el que se realizó un
relleno ilegal con escombro, grava, vidrio y cartón, así como la construcción de una barda perimetral.
Además, aseguró una planta de fábrica de concreto, una excavadora y un generador de electricidad,
utilizadas para cubrir los espacios de agua y vegetación dentro del citado predio.
Personal de PROFEPA en la entidad, en coordinación con elementos
de la Policía Ministerial y agentes del Ministerio Público de la
Fiscalía Ambiental del estado de Chiapas, dio cumplimiento a una orden
de inspección en materia de Impacto Ambiental, para
lo cual se constituyó en un terreno ubicado sobre la Calzada Las
Américas, en esa localidad.
Los
inspectores actuantes encontraron la construcción de una barda
perimetral y un relleno
con escombro, grava triturada, vidrio y restos de cartón; el predio
inspeccionado se encuentra en el polígono del Sitio Ramsar denominado
“Humedales de Montaña María Eugenia”, causando una afectación en una
superficie de 12 mil 831 metros cuadrados.
Las
obras y actividades fueron realizadas sin contar con la autorización en
materia de Impacto
Ambiental, que al efecto emite la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARNAT), por lo que la PROFEPA determinó imponer
como medida de seguridad la clausura total temporal del predio, con el
propósito de evitar un mayor daño al ecosistema de
humedales de importancia internacional al tratarse de un Sitio Ramsar.
Este Sitio Ramsar constituye un humedal único de gran
importancia para la conservación de la diversidad
biológica mundial, lo cual incluye el sustento de la vida humana, al
ser espacio de suministro de agua potable.
En
los “Humedales de Montaña María Eugenia” habitan plantas conocidas
comúnmente como tulares
y Cola de Caballo; además, es el hábitat de especies que se encuentran
enlistadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, como el
pez endémico, denominado comúnmente como Popoyote (Profundulus hildebrandi)
y el ave conocida como Chipe Cabeza Plateada (Ergaticus versicolor),
ambas especies con categoría en Peligro de Extinción; y la Ranita Arbícola (Plectrohyla pycnochila) y Rana Ladrona (Eleutherodactylus glaucus); las cuales son especies Sujetas a Protección Especial.
Por
lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 170,
fracciones I y II, de la
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
(LGEEPA), se procedió a imponer la clausura temporal total del sitio
donde se ocasionaron los daños ambientales, así como el aseguramiento
precautorio de la maquinaria y equipo encontrado dentro
del predio inspeccionado, colocando al efecto los sellos con las
leyendas de Clausurado y Asegurado.
Los
responsables de haber realizado obras y actividades de competencia
federal sin contar previamente
con la autorización de Impacto Ambiental que otorga la SEMARNAT, podrán
hacerse acreedores a una multa por el equivalente de 30 a 50 mil
Unidades de Medida y Actualización, de conformidad con lo establecido en
el artículo 171, fracción I, de la LGEEPA.
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