- A través de un dictamen que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del 2018
MEXICALI, B. C.- Lunes 23 de abril de 2018.- Como una
forma de respaldar a los sectores más vulnerables de la sociedad, el
Gobierno del Estado informa sobre la emisión de un decreto dirigido a
los adultos mayores,
para otorgar descuentos en el pago de créditos fiscales por concepto de
contribuciones de mejoras, derivadas de las obras ejecutadas en todo el
Estado, por la Junta de Urbanización del Estado de Baja California
(JUEBC).
La Administración estatal informó que para obtener el
descuento del 15%, es necesario ser una persona física mayor de 60 años
de edad o más, contar con credencial vigente que lo acredite como
persona adulta mayor
expedida por el Instituto Nacional de las
Personas Adultas Mayores (INAPAM); que el bien inmueble beneficiado con
la obra que haya generado la contribución de mejora, tenga un uso
habitacional y que el propietario o poseedor
habite en dicho inmueble.
Los interesados en hacer efectivo este descuento, podrán
acreditar dichos requisitos ante la Subrecaudación de Rentas, adscrita a
la Junta de Urbanización del Estado, con cualquiera de estos
documentos:
Credencial de elector a nombre del contribuyente
beneficiario de este decreto, expedida por el organismo federal
electoral competente, siempre que el domicilio plasmado en la misma,
coincida con el del inmueble
por el que se haya causado la contribución de mejora.
Comprobantes de los pagos efectuados por la prestación de los servicios de energía eléctrica, telefónico o gas.
Estados de cuenta que proporcionan las instituciones que
componen el sistema financiero o por casas comerciales o por tarjetas de
crédito no bancarias.
Cabe aclarar que los comprobantes de pago de servicios de
energía eléctrica, telefónico, gas y los estados de cuenta financieros,
deben estar a nombre del beneficiario, al de su cónyuge o al de sus
ascendientes
o descendientes consanguíneos en línea recta; siempre que el domicilio
consignado en dicha documentación coincida con la ubicación del inmueble
beneficiado con la obra de urbanización.
Además, el
estímulo se aplicará respecto de un solo predio propiedad o posesión de
la persona adulta mayor, el cual deberá estar debidamente inscrito a su
nombre ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
del Estado, o ante la oficina catastral municipal correspondiente.
En este sentido, se faculta a los Subrecaudadores de
Rentas adscritos a la Junta de Urbanización del Estado, para que
apliquen la condonación del pago del crédito fiscal de conformidad con
este decreto, el cual
estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018.
Las
autoridades estatales enfatizaron que dicha condonación que otorga este
decreto no será transferible, por lo que únicamente se otorgará a las
personas físicas que encuadren en el supuesto jurídico.
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