- Las empresas fueron investigadas por su probable responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas relativas, al condicionar la venta de sus productos a cláusulas de exclusividad.
- Los agentes económicos solicitaron el cierre anticipado del expediente, a cambio se comprometieron a ejecutar una serie de acciones para restaurar el proceso de competencia y libre concurrencia.
- El cumplimiento de los compromisos impuestos será verificado por la COFECE a través de varias medidas de seguimiento.
Ciudad de México, 29 de mayo de 2018.-
Cryoinfra, Infra y Praxair México se comprometieron a
restituir el proceso de competencia y libre concurrencia en los mercados
de distribución y comercialización de oxígeno, nitrógeno y argón
líquido industrial a granel, mediante el cumplimiento
de una serie de compromisos que el Pleno de la Comisión Federal de
Competencia Económica (COFECE o Comisión) determinó idóneos y viables
para este fin. Con esto, se dio por concluido el procedimiento de
investigación.
En abril de 2014, la Autoridad Investigadora inició un procedimiento indagatorio por denuncia (DE-006-2014) por
prácticas monopólicas relativas en el mercado de estos gases que se venden
mediante
pipas y se descargan en contenedores criogénicos en el domicilio de los
clientes, los cuales son utilizados en diversas industrias como la
siderúrgica, del
vidrio, del plástico, de cerámica, minera, de hidrocarburos, avícola,
agropecuaria, textil, cementera, metalúrgica, farmacéutica, química, de
la construcción y de tratamiento de aguas.
La
investigación concluyó preliminarmente que las empresas contaban con
poder sustancial y probablemente realizaban
conductas anticompetitivas. En específico, se encontró que establecían
cláusulas de exclusividad que podrían constituir conductas sancionadas
por la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE). Algunas de ellas
son:
- El consumidor debía adquirir de estas empresas, de manera exclusiva, la totalidad del producto requerido.
- Cualquier compra adicional al volumen contratado, fuera en el mismo domicilio o en otra instalación del cliente, en el mismo contenedor u otro distinto, tenía que adquirirse con estos proveedores.
- Renovaban de manera automática el contrato, que incluía plazos forzosos y penalizaciones con altos costos por terminación anticipada.
Durante el trámite de este asunto
Cryoinfra, Infra y Praxair México ejercieron su derecho de
presentar compromisos para restituir el proceso de competencia, con el
fin de cerrar el expediente de forma anticipada, como lo marca la LFCE
vigente al momento del inicio de la investigación.
A consideración de la COFECE, la
propuesta presentada es idónea y económicamente viable. Entre los
compromisos adquiridos por estas empresas se encuentran:
- Eliminar la exclusividad en el suministro de los gases que comercializan.
- Limitar la exclusividad al uso del tanque criogénico y demás infraestructura en donde haya inversión por parte de estas empresas. Esto permitirá que otros competidores puedan instalar tanques en el mismo predio, para que la exclusividad no se extienda a la totalidad de la planta del cliente ni a otras instalaciones de sus compradores.
- Limitar a un año la renovación automática de los contratos de suministro, con la posibilidad de que el cliente interrumpa la relación contractual. En caso de terminación anticipada, el cobro por penalización será por montos que permitirán a los competidores disputar cada contrato.
- Todos los compromisos serán exigibles y aplicables a todo el universo de contratos (vigentes y nuevos) entre estas empresas y sus clientes.
En su resolución, el Pleno de la COFECE también estableció una serie de medidas para verificar el cumplimiento de
los compromisos, entre los que destacan:
- Cryoinfra, Infra y Praxair deberán publicar en su página de Internet y en periódicos de circulación nacional los compromisos adquiridos para el conocimiento de sus clientes.
- Poner a disposición de los clientes un correo electrónico y una línea telefónica en caso de que deseen modificar sus contratos.
- Entregar a la COFECE una lista inicial de los contratos vigentes para verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
En caso de que las empresas incumplan los compromisos podrían ser sancionadas con multas hasta por el equivalente
al 8% de sus ingresos.
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