viernes, 25 de mayo de 2018

PROFEPA RESCATA Y REINTEGRA A SU HÁBITAT UN OCELOTE Y DOS LINCES EN ANP MESETA DE CACAXTLA, EN SINALOA

+ Acciones coordinadas de Rescate y Reubicación por la Delegación PROFEPA Sinaloa y CONANP en la ANP Meseta de Cacaxtla, en San Ignacio, Sinaloa.
 
+ Se trata de un ejemplar de Ocelote joven (Leopardus pardalis) y dos Gatos Montes adultos (Lynx rufus). Expertos recomendaron la liberación inmediata a su hábitat natural, una vez valorada su condición de salud.
 
+ El Ocelote se encuentra listado en la NOM-059–SEMARNAT-2010 bajo la categoría de especie En Peligro de Extinción (P) y en el Apéndice I de CITES; mientras que el Gato Montes (Lynx rufus) en el Apéndice II de CITES.
 
 
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) reubicó y reintrodujo en su hábitat a un Ocelote y dos Linces, rescatados en un poblado de la Área Natural Protegida (ANP) Meseta de Cacaxtla, en San Ignacio, Sinaloa.
 
En acciones coordinadas con apoyo de personal de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), personal de la PROFEPA rescató un ejemplar de Ocelote juvenil (Leopardus pardalis) y dos Gatos Montés adultos (Lynx rufus), los cuales fueron rehabilitados y resguardados por personal veterinario en la UMA Rancho Las Palomas, localizado dentro de  dicha ANP.
 
Luego de mantenerlos en cuidado cuarentenario y tras su valoración clínica y de conducta, se determinó la inmediata liberación, con el propósito de evitar su improntamiento, lo que garantizaría su readaptación natural al  hábitat.
 
Para ello, se  consideró el sitio más adecuado y alejado de la población al interior de la ANP Meseta de Cacaxtla.
 
El Ocelote está listado en la Norma Oficial Mexicana NOM–059–SEMARNAT-2010 bajo la categoría de especie En Peligro de Extinción (P) y en el Apéndice I de la CITES, mientras que la especie de Gato Montés (Lynx rufus)  está incluido en el Apéndice II de la CITES.
 
La PROFEPA exhorta a la ciudadanía a evitar las prácticas de captura y usar como mascotas estos ejemplares, debido a la peligrosidad y responsabilidades administrativas y penales a las que se pueden hacer acreedores quienes incurran en actividades de tráfico, captura, posesión, transporte o acopio de este tipo de ejemplares de vida silvestre.

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