- La Autoridad Investigadora tiene indicios para suponer la realización de acuerdos anticompetitivos en dicho mercado.
- La investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley Federal de Competencia Económica.
Ciudad de México, 05 de enero de 2022- La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación
(DOF) y en su portal de internet, el aviso de inicio de una
investigación de oficio por la posible comisión de prácticas monopólicas
absolutas en el mercado de la integración, instalación, mantenimiento y
comercialización de equipos, accesorios y refacciones para el
aprovechamiento de gases industriales en territorio nacional.
El
objeto de la indagatoria es un posible acuerdo anticompetitivo respecto
de la infraestructura necesaria para aprovechar los gases industriales,
los cuales se utilizan en diversos sectores, tales como el energético,
el de salud, la industria alimentaria y química, así como la
construcción y producción de electrónicos avanzados, por mencionar
algunos.
Son
prácticas monopólicas absolutas los contratos, convenios o arreglos
entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea
la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la
demanda, división o segmentación de mercados, concertación o
coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de
información entre ellos para realizar alguna de las conductas
anteriores.
Esta
investigación, expediente IO-001-2021, que hoy se hace pública, no debe
entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente
económico alguno, pues hasta el momento no se han identificado, en
definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia
económica, ni el o los sujetos, quienes, de ser el caso, serían
considerados como probables responsables al término de la misma.
El
plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a
partir del 25 de junio de 2021, fecha en la que dio inicio, el cual
podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.
Si
al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman
la realización de una práctica anticompetitiva, el Pleno de la COFECE
podría resolver su cierre. En caso de que existan fundamentos que
indiquen una violación a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE),
quienes resulten probables responsables serán llamados a un
procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.
Conforme a la LFCE,
de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los
agentes económicos podrían ser multados hasta con el 10% de sus
ingresos. En caso de que el Pleno acreditara un caso de reincidencia, la
multa podría imponerse hasta por el doble del monto que corresponda.
También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado,
propiciado o inducido la realización de estas prácticas. Las personas
físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de
este tipo de acuerdos entre competidores podrían ir a prisión, de
conformidad con el Código Penal Federal, hasta por 10 años. En este
sentido, el Programa de Inmunidad sirve como un recurso para que quienes
hayan participado en estas conductas, cooperen con la COFECE a cambio
de una reducción de la potencial sanción, así como exención de la
responsabilidad penal.
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