+ La remoción de la corteza forestal, se realizó para cambiar la vocación del uso de suelo de terrenos forestal,
para la pretendida plantación agrícola de limón.
+ Se afectó una superficie total de 7,300 metros cuadrados de vegetación típica de selva baja caducifolia.
+ El desmonte se realizó sin contar con la autorización del cambio de uso de suelo forestal que emite la
SEMARNAT, motivo por el cual fue SUSPENDIDO de manera TOTAL TEMPORAL.
+ Gracias a la medida de seguridad se impidió continuara el desmonte y derribo del arbolado en 12 mil 300 metros cuadrados
más de Selva Caducifolia.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) en Nayarit
determinó la suspensión temporal total
de obras y actividades de cambio de uso de suelo en terrenos forestales
en el Municipio de Ahuacatlán, Nayarit, donde se afectó una superficie
de más de 7 mil metros cuadrados por la remoción de vegetación forestal;
en la cual pretendían establecer plantíos
de limón.
Con
el establecimiento de dicha medida de seguridad se impidió que la
persona sujeta de inspección, continuara
el desmonte y derribo del arbolado en 12 mil 300 metros cuadrados más
de Selva Caducifolia. Se inició procedimiento en contra del presunto
responsable de delitos contra el ambiente.
Personal
de la PROFEPA implementó una visita de inspección en materia forestal
en el predio o paraje denominado
“La Loma”, con una superficie total de 20 mil metros cuadrados en
terrenos forestales de la localidad de Heriberto Jara, Municipio de
Ahuacatlán, en esa entidad.
Los
inspectores observaron la remoción de vegetación forestal mediante la
técnica de corte y quema del arbolado
de especies conocidas comúnmente como Guácima, Palo Bobo, Sangre de
Grado y Zarzal, entre otras, con diámetros de tocón, en promedio, de 17
cm y alturas de 3 a 7 metros.
Durante la diligencia se determinó la afectación total de una superficie de 7 mil 300 metros cuadrados de
vegetación forestal, la cual sería empleada para la plantación de productos frutales, como el limón.
En
este sentido, los inspectores federales le solicitaron al visitado la
autorización para el cambio de uso
de suelo en terrenos forestales emitida por la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), sin que esta fuera exhibida.
Con el propósito de evitar un mayor deterioro al ecosistema forestal, la PROFEPA impuso como medida de seguridad
la suspensión total temporal de las obras y actividades distintas a las forestales,
con fundamento en el artículo 161, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).
Cabe destacar que gracias a dicha medida de seguridad, se impidió que la persona sujeta de inspección continuara
el desmonte y derribo del arbolado en 12 mil 300 metros cuadrados más de Selva Caducifolia.
Aunado
a ello, la PROFEPA inició el procedimiento administrativo
correspondiente dentro del cual el particular
podría ser sancionado con una multa equivalente de 100 a 20,000 veces
la Unidad de Medida y Actualización vigente, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 165, fracción II, de la LGDFS, en relación con el
artículo 163, fracciones I y VII, de la misma Ley,
obligándosele a la reparación del daño.
Además,
de ser constitutiva de un delito federal, que puede alcanzar una pena
de seis meses a nueve años de
prisión y por equivalente de 100 a 3 mil días multa, conforme a lo
dispuesto en el artículo 418, fracciones I y III, del Código Penal
Federal.
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