- El 13 de julio de 2020, la Autoridad Investigadora acordó que en el mercado citado resulta necesario determinar si existen o no condiciones de competencia para que, en su caso, la SCT establezca medidas regulatorias, como puede ser la definición de tarifas del servicio.
- La Autoridad Investigadora podrá solicitar información relevante a las autoridades públicas, requerir a los agentes económicos que participan en el mercado y/o atender a cualquier persona que pueda coadyuvar con la indagatoria.
Ciudad de México, 21 de julio de 2020.- La
Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica
(COFECE o Comisión) inició un procedimiento para determinar si existen o
no condiciones de competencia efectiva en los servicios de transporte
marítimo de pasajeros, en rutas con origen y/o destino en la zona norte
del estado de Quintana Roo y servicios relacionados. Esta indagatoria,
expediente DC-001-2020, resulta necesaria para que, de detectarse la
ausencia de condiciones de competencia efectiva, la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes (SCT), como autoridad del sector de
transporte marítimo, detone un proceso de regulación en dicho mercado,
por ejemplo, el reglamentar tarifas o definir reglas de acceso entre
competidores a la infraestructura, entre otros.
El transporte marítimo
de pasajeros es de gran relevancia en Quintana Roo, ya que permite a los
turistas visitar los principales puntos de interés en el estado, a los
habitantes y trabajadores de la zona movilizarse de manera cotidiana
para llevar a cabo su actividad económica. En el caso de las islas de
Cozumel e Isla Mujeres este servicio es el principal medio de transporte
a la parte continental de Quintana Roo. Según información de la
Administración Portuaria Integral local (APIQROO)[1],
en 2019 los traslados mediante el transporte marítimo de pasajeros
hacia Cozumel e Isla Mujeres fueron cercanos a los 5 millones de tickets (viajes sencillos).
El
procedimiento para resolver sobre la existencia de condiciones de
competencia efectiva en un mercado determinado tiene lugar cuando las
leyes o reglamentos sectoriales prevean expresamente que la COFECE
resuelva u opine al respecto. De no haberlas, compete a la autoridad
correspondiente el instrumentar alguna regulación para eliminar los
efectos que la falta de competencia ocasiona. En este caso, el artículo
140 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos establece que la SCT
podrá emitir regulación de tarifas si la COFECE detecta la ausencia de
condiciones de competencia efectiva.
Durante
esta indagatoria, la Autoridad Investigadora puede solicitar
información o documentación relevante a los reguladores del sector,
requerirla a los agentes económicos que participan en el mercado y/o
atender a cualquier persona que pueda coadyuvar con la indagatoria, así
como hacer uso de otras facultades de investigación.
El
13 de julio pasado, la Autoridad Investigadora acordó el inició de esta
indagatoria, para la cual cuenta con un periodo de al menos 15 y hasta
45 días hábiles, que podría ampliarse por una única ocasión por el mismo
plazo. Después de ese lapso, de ser el caso, se emitirá un dictamen
preliminar, para posteriormente recibir las manifestaciones de las
personas con interés jurídico. Finalmente, el Pleno podría emitir
resolución sobre la declaratoria de condiciones de competencia efectiva.
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