Separación
funcional en Gran Bretaña fue ineficaz
Genera
duda cómo operará en México la separación funcional de Telmex/Telnor
En
caso de Televisa, resultará complejo usar su infraestructura activa
México,
D.F., a 13 de marzo de 2017. – Recientemente el Instituto Federal de
Telecomunicaciones (IFT) difundió un comunicado donde mencionó las medidas de
regulación asimétrica que impuso a los agentes económicos preponderantes en
telecomunicaciones (AEP-T) y radiodifusión (AEP-R). En ellas, definió nuevas
medidas y modificó los términos de algunas que estaban vigentes desde 2014, con
el objetivo de mejorar el desempeño del enfoque regulatorio basado en la figura
del Agente Económico Preponderante, para remediar la elevada concentración en
los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
En
telecomunicaciones, uno de los principales cambios en el conjunto de medidas
fue la introducción de la figura de separación funcional de Telmex/Telnor, para
dar origen una nueva empresa que se encargará de la prestación de servicios
mayoristas relacionados con el acceso local y que deberá garantizar la
prestación de estos en condiciones de no discriminación e igualdad para los
competidores del AEP-T[1].
Separación
Funcional BT y OpenReach
En
la experiencia de otros países la imposición de medidas de separación funcional
no ha implicado la definición de una línea de negocio con independencia
efectiva en la gestión, como sucedió en el caso de la separación de BT y
OpenReach.
En
el Reino Unido, Ofcom el regulador de las comunicaciones, propuso la separación
funcional de BT en 2005 y a partir de ello se creó la división OpenReach, que
sería la encargada del negocio de acceso local a la infraestructura propiedad
de BT.
De
igual forma que en el caso mexicano, OpenReach se preveía que ofreciera sus
servicios en igualdad de condiciones a BT y a sus competidores, que contaría
con una imagen corporativa propia y diferenciada, personal propio y que tendría
prohibido compartir con otras divisiones de BT información de los operadores
competidores.
Sin
embargo, después de 10 años de funcionamiento de esa figura, el órgano
regulador de las telecomunicaciones en el Reino Unido, Ofcom, reconoció el
fracaso de dicha separación funcional para impulsar mejores condiciones de
competencia efectiva en los mercados de telecomunicaciones de aquel país. Por
lo que en noviembre de 2016 ordenó su separación legal, misma que fue aceptada
por BT apenas la semana pasada. Ahora, efectivamente deberá ser un órgano de
gestión independiente en todo sentido.
Así
también, se deberá informar a Ofcom la naturaleza de las interacciones entre
OpenReach y BT, lo cual implica un alto nivel supervisión por parte del
regulador.
En
este contexto, resultará imperativo que el IFT tome en cuenta la experiencia
reflejada en el caso británico y que emprenda una labor de inspección similar a
la que se prevé a partir de los nuevos compromisos de BT con Ofcom, anunciados
el pasado 10 de marzo, con mecanismos de revisión, control y efectividad en el
acceso a la infraestructura del AEP-T por parte de sus competidores, así como
que garantice la independencia de la nueva empresa de infraestructura respecto
a América Móvil.
Entre
las demás medidas que mencionó el IFT que deberán cumplirse en adelante se
encuentran la prestación de servicios mayoristas en condiciones de equivalencia
de insumos, replicabilidad técnica y económica de paquetes de servicios del
AEP-T, así como la puesta en marcha de un sistema electrónico de gestión que
contenga la información relevante sobre la infraestructura y los servicios
mayoristas para los competidores.
Cambios
en la Preponderancia en Radiodifusión
En
el caso de Radiodifusión, el IFT determinó que el AEP-R deberá disponer de su
infraestructura activa para realizar la transmisión de señales de sus
competidores, en caso de que no exista espacio para compartir su
infraestructura pasiva. Para el IDET es motivo de preocupación que se imponga
una medida que desde el punto de vista técnico pudiera ser imposible de
cumplir, sobre todo porque los transmisores de cada estación de televisión son
fabricados bajo pedido, con las características técnicas particulares de la
frecuencia y potencia autorizadas por las autoridades correspondientes,
elementos que serán diferentes para otras señales de televisión.
Adicionalmente,
el AEP-R deberá cumplir con la separación contable de servicios y habilitar un
sistema electrónico de gestión, además de otras obligaciones en materia de
publicidad.
Conclusión
El
IDET considera que la capacidad regulatoria de diseño e implementación efectiva
de estas medidas de regulación asimétrica será puesta a prueba en los próximos
meses, pero que para su éxito resulta imperativo que el IFT mejore sustancialmente
su capacidad de supervisión y reporte el número de quejas presentadas sobre
cada agente preponderante y cómo se resolvieron cada una de éstas.
Acerca
del IDET
El
Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (IDET) es una asociación civil
mexicana, constituida en julio del 2002, con fines estrictamente académicos, de
investigación y propositivos, integrado por un grupo de especialistas del
sector de las telecomunicaciones y de las tecnologías de la información, que
contribuyen al perfeccionamiento del marco regulatorio existente.
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