El Servicio de Administración Tributaria modificó a
resolución de la ley que aplicaba un 16.0% de IVA a la comida preparada. Según
esta tercera modificación, el impuesto será aplicado a partir de junio a la
enajenación de alimentos procesados en tiendas de autoservicio o conveniencia
como: sándwiches o emparedados, lonches, quesadillas, tacos o flautas,
burritos, croissants, pizzas, guisos, hot dogs y banderillas, hot cakes,
alitas, molletes, hamburguesas, sushi, tamales, sopas instantáneas y nachos.
Cabe destacar que las tiendas departamentales y de autoservicio, así como los
restaurantes ya aplicaban este incremento y se descarta un efecto en el precio
finales de sus productos. Sin embargo, podría haber un efecto mínimo sobre los
alimentos procesados en tiendas de conveniencia como OXXO. FEMSA, dueña de
OXXO, reconoce que el 80% los productos aplicables ya contaba con este
gravamen, haciendo que el impacto sea aún menor. Consideramos que el incremento
del 16% en alimentos procesados en tiendas de conveniencia, que entrará en
vigor en julio, tendrá un efecto sobre la inflación cercano o inferior a 0.01
puntos porcentuales. No obstante, los efectos de la depreciación del peso han
sido visibles en algunos de los insumos como los del pan, lo que se refleja en
un incremento anual de 2.40% en los alimentos, bebidas y tabaco durante la
primera quincena de junio, con una incidencia de 0.38 puntos porcentuales en la
inflación general. Para la primera quincena de julio esperamos un incremento
notable en el rubro total de mercancías de 0.36%, incluyendo los efectos del
impuesto y el aumento de precios de insumos para mercancías alimenticias y no
alimenticias. De esta forma, la inflación general se ubicaría en torno al
2.90%, aún por debajo del objetivo de Banxico. Reiteramos que nuestra
expectativa de inflación se mantiene en torno al objetivo de Banxico y no se ve
alterada por la nueva disposición fiscal.
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