jueves, 19 de abril de 2018

El PRI intenta aprobar una regulación inconstitucional de la publicidad oficial: de la Peña Gómez

 
Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, durante la reunión de comisiones Unidas de Gobernación; de Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos. Primera,  en materia de regulación de la publicidad oficial.
 
Angélica de la Peña Gómez (ADLPG): Gracias presidente.
Bueno, en primer lugar queremos dejar constancia que no nos parece que estemos nosotros el día de hoy atendiendo una minuta que viene de la Cámara, que a todas luces no corresponde a lo que ha establecido la Corte, que le ha mandatado la Corte al Congreso de la Unión respecto de diseñar una ley en esta materia que, insisto, no es lo que nos manda la Cámara de Diputados, en minuta, y que nos parece verdaderamente preocupante que el Congreso de la Unión no atienda lo relativo a la litis que se suscitó  con la Corte.
Nos parece que no corresponde a los lineamientos que están establecidos en el 134, referente a la propaganda a la que tienen que ceñirse todas las autoridades, incluso los organismos autónomos, y que en ese sentido, diversas senadoras y senadores de diversos grupos parlamentarios estamos presentando un voto particular, que si usted me permite voy a hacer algunas referencias al mismo.
Para señalar en primer lugar, que este proyecto que viene de la Cámara de Diputados pues también suscitó un gran debate allá; una mayoría decidió aprobarla y entonces, cumpliendo con el procedimiento legislativo, a partir de esta mayoría, se envía a la Cámara de Diputados.
En esa fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados también a remite para su consideración, y es la reunión que hoy nos está convocando las comisiones, pero queremos hacer énfasis de las siguientes consideraciones:
Esta minuta que presentan las comisiones dictaminadoras contiene un marco normativo encaminado calidad de expedir, aparentemente, la ley reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, que desde nuestro punto de vista no reúne ni lo que establece la Constitución ni tampoco el mandato por parte de la Suprema Corte de Justicia.
De igual manera, es necesario entonces hacer del conocimiento de esta sesión de comisiones que la sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 15 de noviembre del año pasado, bajo el amparo de revisión 1359/2015, se determinó en el considerando séptimo de dicha resolución que el Congreso de la Unión cumpla con la obligación de emitir una ley que regule el párrafo octavo del artículo 134 de nuestra Constitución, antes de que finalice el segundo período ordinario de sesiones de este último año legislativo del Congreso de la Unión.
Es decir, estamos a unos días de que termine prácticamente la legislatura y, entonces, este proceso debimos haberlo cumplido antes del 30 de abril.
El dictamen que se nos presenta por parte de las comisiones no cumple con el sentido, ni con el alcance de las consideraciones antes mencionadas, lo que nos presentan es un dictamen que se aleja de lo que la Constitución mandata expresamente, la implementación de un nuevo régimen de responsabilidades entre los servidores públicos en materia de comunicación social que garantice que el gasto en comunicación social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez; así como respetar los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos.
Lo que contiene el dictamen, señor presidente, señoras y señores, es un marco normativo que legitima el autoritarismo de antaño, justamente el que nos mandata la Constitución, y por supuesto lo refrenda la Suprema Corte, corrijamos en una ley específicamente en esta materia.
Atenta contra la libertad de expresión, que utiliza el dinero público para controlar la línea editorial de los medios que se financian con recursos públicos sin rendir cuentas, ya sea como pago por el espacio para la difusión de información pública, la llamada publicidad oficial, o por otros servicios ofrecidos por el gobierno, donde la Secretaría de Gobernación mantiene el control de los tiempos del Estado y los tiempos fiscales, as í como el padrón nacional de medios.
Este dictamen contiene aspectos tan criticables como el hecho de que se la Secretaría de Gobernación quien mantenga el control de los tiempos del Estado y los tiempos fiscales, así como el padrón nacional de medios y no sea en su lugar un órgano con autonomía técnica y de gestión, que le permita realizar una monitoreo exhaustivo de la asignación de publicidad oficial, que impida la concentración de la información en los sujetos obligados.
Las organizaciones de la sociedad civil, por cierto, en una simulación de parlamento abierto, las invitamos a que estuviesen aquí a partir de la solicitud de ser escuchadas y vinieron aquí al Senado de la República, y estas comisiones nos reunimos con ellas donde nos presentaron en distintas ocasiones sus solicitudes, sus propuestas concretas para que cumplir con lo que la Corte y la Constitución señalan.
Estas organizaciones de la sociedad civil a las que francamente debiera ofrecerles disculpas por el maltrato y la simulación de las que han sido objetos, porque en esas reuniones de trabajo les dijimos que íbamos a atender sus solicitudes y lo único que se hizo fue diseñar una estrategia en donde la cámara de origen no fuera el Senado, ni siquiera se instalara el trabajo de conferencia como se ofreció sino que se permitió que fuera la Cámara de Diputados sin escuchar estos requerimientos que hicieron las organizaciones, simplemente tergiversar el sentido de una ley que debería cumplir un objetivo distinto a la minuta que hoy nos están presentando.
Entonces, las organizaciones de la sociedad civil nos dijeron, y lo repito textual, es importante que se escuche lo que dijeron en ese momento las organizaciones:
“Es trascendental que se considere la creación o integración de algún ente regulador de la publicidad oficial, que no dependa de la Secretaría de Gobernación, sino que sea un organismo, comisión de vigilancia o consejo nacional, cualquiera que sea la modalidad que decidamos.
La administración pública ha pasado por cambios estructurales importantes con la creación de varios órganos autónomos; las iniciativas deben aprovechar este cambio del diseño institucional del Estado para proponer soluciones creativas que permitan un monitoreo exhaustivo de la asignación de publicidad oficial y que impidan la concentración de la información en los sujetos obligados”. Termino el texto de las organizaciones.
Este dictamen es omiso para controlar el gasto excesivo del Ejecutivo en materia de propaganda gubernamental  y solo considera como sujetos obligados en materia de transparencia a los entes públicos, pero no a las personas físicas y morales que reciben los recursos públicos para difundir mensajes de comunicación social, es decir, los grandes medios de comunicación a los cuales el gobierno federal les ha pagado desde el período 2013-2017 más de 35 mil millones de pesos, cuando su presupuesto fue de 13 mil millones de pesos, es decir, se ha gastado un 160% más de lo aprobado
 
Otro aspecto que tiene la minuta es materia, por cierto, del presente voto particular que entregaremos, es un salvoconducto para la contratación de la propaganda política disfrazada de información que en la actualidad se presenta en forma de noticia, flashes informativos, infocomerciales, entrevistas, programas de revista, editoriales, reportajes,  artículos de opinión, cortos cinematográficos, es decir, legaliza el mercado negro de propaganda política disfrazada de información que, por cierto, es un pendiente de la elección del 2012.
 
Recordemos, señoras y señores, que fue durante los años 2005 y 20012 que Enrique Peña nieto, entonces aspirante a la candidatura del PRI a la Presidencia de la República, estableció acuerdos comerciales con diversos medios de comunicación que resultaron en una amplia cobertura positiva a su favor.
 
El presente dictamen no cumple con el objetivo específico de evitar que la publicidad gubernamental no se use como herramienta para apremiar o para castigar a los medios de comunicación ni que constituya una forma de censura al contratar o no publicidad en los distintos medios de comunicación.
 
La minuta deja sin cambios de fondo  la relación del gobierno con los medios de comunicación, mantiene la discrecionalidad del gasto público en comunicación social sin controles ni límites; ni incorpora…
 
A ver, no se trata de cumplir por cumplir, simular que se está atendiendo el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en esta materia, lo verdaderamente importante es legislar de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, con lo que establece la Constitución, sin más ni menos, y establecer las bases generales de un nuevo ejercicio de la comunicación gubernamental en el país.
 
Y, por último, diversas organizaciones civiles y académicas agrupadas en el colectivo Medios Libres hicieron llegar a este Senado de la República sus preocupaciones mediante una carta denominada: Bases mínimas para la regulación de la publicidad oficial”
 
La cual, lamentamos, no fue tomada en consideración tanto por la colegisladora como por las comisiones dictaminadoras hoy en el Senado.
 
Dicho documento señala, en estas bases mínimas para la regulación de la publicidad oficial, preceptos que no voy ahora a leer, simplemente a señalarlos.
 
La publicidad oficial –por cierto, así comienza su texto- claro que no se pretende que se desaparezca, sino que se establezcan los lineamientos para cumplir con la Constitución que establece con toda puntualidad a dónde debe ir y en qué momentos tiene que ir la publicidad oficial, cuál es el motivo del sustento de la publicidad oficial para que sirva a la democracia, para que sirva para informar realmente a la ciudadanía, al pueblo, sobre lo que tiene que atender desde el aspecto de la publicidad oficial.
 
Por supuesto que plantean que tiene que haber una ley general y una ley completa que pueda efectivamente reglamentar el precepto de la Constitución, de tal manera que tiene que establecer en esta ley los preceptos de asignación en basados en la idoneidad.
 
Por su puesto, establecer los criterios de máxima publicidad de todos: medios, padrones y, por supuesto, transparencia y regulación de la medición de audiencia, circulación, visitas, etcétera; contenidos de utilidad pública y libres de promoción personalizada.
 
También la publicidad oficial debe ser plenamente siempre identificable, debe identificarse en todo momento.
 
Claro que también plantean preceptos para el fomento a la pluralidad y a la diversidad, mecanismos de control y por supuesto el uso racional de los recursos públicos.
 
Estos preceptos que nos han estregado las organizaciones están firmados por más de 50 expertas y expertos y por una infinidad de organizaciones no gubernamentales expertas en la materia, entre ellas: Asociación Mundial de Radios Comunitarias, Artículo 19, Asociación Mexicana de Información, Asociación Mexicana de Derecho a la Información, Capítulo Puebla, La Barra Mexicana de Abogados, Borde Político, Centro de Comunicación Social, Ciudadanos por la Transparencia, Colectivos de Periodistas por la Paz y la Libertad de Expresión, Comunicación Comunitaria, Fundar, Centro de Análisis e Investigación, Iniciativa Sinaloa, Instituto por la Guerra y la Paz, el Instituto Mexicano para la Competitividad, y por supuesto, México Evalúa, México Informante, Observatorio de Transparencia, Con los Ojos Abiertos de la Ibero Puebla, Opción A, Plan Estratégico de Juárez Asociación Civil, Quinto Elemento, Red de Periodistas a Pie, Red de Pensamiento, Periodismo, Revista Proceso, Sin Embargo, Sonora Ciudadana, Transparencia Mexicana, en fin.
 
Nos parece que, señor presidente, que esto que estamos ahora dirimiendo en esta reunión de comisiones, definitivamente no atiende el mandato que nos has dado la corte, ni atiende lo que las organizaciones están planteándonos.
 
De tal manera que estamos simulando un cumplimiento que no está bien. Por lo tanto, presentaremos un voto particular, diversas senadoras y senadores, que va en el sentido de llamar la atención a que atendamos lo que la Corte nos ha mandatado.
Es cuanto.

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