· El IDET había advertido sobre los riesgos reales en el manejo de los datos personales
· Uno
de los principales problemas es que planteaba la cancelación permanente
de líneas móviles y pasaba por alto que el 83% de las líneas móviles
son de prepago
· El PANAUT iba en contra del Artículo 6to Constitucional que privilegia el derecho a la conectividad
México, D.F., a 25 de abril de 2022. –
El Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones aplaude la decisión
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobada en la sesión del
Pleno celebrada hoy, por la que declara inconstitucional toda la reforma
a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión por la que se
creó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), como
resultado de la Acción de Inconstitucionalidad promovida por el
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales (INAI).
El
IDET recalca lo que hace prácticamente un año advirtió sobre las
deficiencias jurídicas que adolecía el decreto de reforma aprobado por
ambas cámaras del Congreso de la Unión. Entre otras cuestiones, estaba
el hecho de que ante la omisión de inscribirse en el registro que debía
crear el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la consecuencia
prevista en esa reforma era la cancelación permanente de la línea
telefónica del usuario en cuestión, lo que sin lugar a dudas era
contrario a los previsto en el artículo 6° Constitucional que garantiza a
todos los habitantes del territorio nacional el acceso a las
tecnologías de la comunicación libre y sin injerencias arbitrarias.
Asimismo,
el IDET señaló desde el primer momento que la reforma había pasado por
alto que cerca del 83 por ciento de los usuarios de telefonía móvil de
nuestro país están en la modalidad de prepago, lo que en sí mismo
significaba un problema porque los usuarios de esa modalidad no tendrían
un incentivo a inscribirse en el PANAUT.
Respecto
a la decisión aprobada hoy por la SCJN, el IDET coincide plenamente en
una de las conclusiones expresadas en el proyecto de resolución
aprobado, en el sentido que la reforma por la que se creó el PANAUT “infringe
desproporcionadamente los derechos fundamentales a la privacidad,
intimidad y protección de datos personales y resulta incompatible con
las exigencias y estándares que impone una sociedad democrática”.
Con
su actuación de hoy, la SCJN sienta un precedente muy relevante de cara
a intenciones futuras por crear padrones que contengan información
sensible de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones en
nuestro país, que en esencia atentan contra el derecho a la conectividad
expresado en nuestra Constitución y generan mayores riesgos para la
población que los beneficios acotados que supuestamente generaría un
instrumento de esa naturaleza en manos de cualquier autoridad.
Acerca del IDET
El
Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (IDET) es una asociación
civil mexicana, constituida en julio del 2002, con fines estrictamente
académicos, de investigación y propositivos, integrado por un grupo de
especialistas del sector de las telecomunicaciones y de las tecnologías
de la información, que contribuyen al perfeccionamiento del marco
regulatorio existente.
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