·       El IDET había advertido sobre los riesgos reales en el manejo de los datos personales
·       Uno
 de los principales problemas es que planteaba la cancelación permanente
 de líneas móviles y pasaba por alto que el 83% de las líneas móviles 
son de prepago
·       El PANAUT iba en contra del Artículo 6to Constitucional que privilegia el derecho a la conectividad 
México, D.F., a 25 de abril de 2022. –
 El Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones aplaude la decisión 
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobada en la sesión del 
Pleno celebrada hoy, por la que declara inconstitucional toda la reforma
 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión por la que se 
creó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), como 
resultado de la Acción de Inconstitucionalidad promovida por el 
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y 
Protección de Datos Personales (INAI).
El
 IDET recalca lo que hace prácticamente un año advirtió sobre las 
deficiencias jurídicas que adolecía el decreto de reforma aprobado por 
ambas cámaras del Congreso de la Unión. Entre otras cuestiones, estaba 
el hecho de que ante la omisión de inscribirse en el registro que debía 
crear el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la consecuencia 
prevista en esa reforma era la cancelación permanente de la línea 
telefónica del usuario en cuestión, lo que sin lugar a dudas era 
contrario a los previsto en el artículo 6° Constitucional que garantiza a
 todos los habitantes del territorio nacional el acceso a las 
tecnologías de la comunicación libre y sin injerencias arbitrarias.
Asimismo,
 el IDET señaló desde el primer momento que la reforma había pasado por 
alto que cerca del 83 por ciento de los usuarios de telefonía móvil de 
nuestro país están en la modalidad de prepago, lo que en sí mismo 
significaba un problema porque los usuarios de esa modalidad no tendrían
 un incentivo a inscribirse en el PANAUT.
Respecto
 a la decisión aprobada hoy por la SCJN, el IDET coincide plenamente en 
una de las conclusiones expresadas en el proyecto de resolución 
aprobado, en el sentido que la reforma por la que se creó el PANAUT “infringe
 desproporcionadamente los derechos fundamentales a la privacidad, 
intimidad y protección de datos personales y resulta incompatible con 
las exigencias y estándares que impone una sociedad democrática”.
Con
 su actuación de hoy, la SCJN sienta un precedente muy relevante de cara
 a intenciones futuras por crear padrones que contengan información 
sensible de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones en 
nuestro país, que en esencia atentan contra el derecho a la conectividad
 expresado en nuestra Constitución y generan mayores riesgos para la 
población que los beneficios acotados que supuestamente generaría un 
instrumento de esa naturaleza en manos de cualquier autoridad.
Acerca del IDET
El
 Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (IDET) es una asociación
 civil mexicana, constituida en julio del 2002, con fines estrictamente 
académicos, de investigación y propositivos, integrado por un grupo de 
especialistas del sector de las telecomunicaciones y de las tecnologías 
de la información, que contribuyen al perfeccionamiento del marco 
regulatorio existente.
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