- El precio que establezca cada productor de tortilla debe ser una determinación individual.
- La Autoridad Investigadora de la COFECE podría iniciar una investigación si encontrara indicios de acuerdos entre competidores para manipular precios.
Ciudad de México, 2020.- La
Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) informa
que la Autoridad Investigadora, en uso de sus facultades, remitió
advertencias al Consejo Nacional de la Tortilla y a diversas
agrupaciones, a través de sus representantes estatales de Hidalgo,
Tamaulipas y Puebla, debido a que tiene conocimiento de que podría
existir un aumento consensuado en el precio del kilogramo de la
tortilla, el cual pudo haber sido incitado por estas agrupaciones al
promover entre sus afiliados la manipulación del precio de este
producto.
Adicional
a la prevención que se hace, la Autoridad Investigadora exhortó a los
dirigentes de estas asociaciones a que eviten emitir recomendaciones
sobre aumento de precios, así como a fomentar y vigilar que sus
afiliados tomen decisiones de comercialización y de precios de venta de
manera estrictamente individual, conforme a sus estrategias de negocio,
hecho obligado en un entorno de precios libres. Los precios deben
determinarse sin inferencia alguna de los competidores, es decir cuando
exista (o si es que existe) un aumento en el precio de los insumos en la
producción de tortilla, la decisión de aumentar o no el precio de la
tortilla debe ser de cada tortillería, ya que de hacerlo de manera
coordinada con sus agremiados implicaría violaciones a la Ley Federal de
Competencia Económica (LFCE).
También reiteró que
la coordinación o intercambio de información entre agentes económicos
competidores para establecer precios constituyen prácticas monopólicas
absolutas, las cuales, en su caso, pueden ser sujetas, entre otras
sanciones, a multas de 10% de los ingresos de cada agente económico que
participe en el acuerdo, e incluso responsabilidad penal a las personas
físicas participantes del acuerdo, que se sancionaría con cinco a 10
años de prisión y con mil a 10 mil UMAs[1] de multa.
La COFECE reitera a
los agentes económicos que, en caso de haber participado en acuerdos
contrarios a la LFCE, pueden adherirse al Programa de Inmunidad,
mediante el cual obtendrían, a cambio de su total y plena colaboración,
una reducción de las sanciones aplicables, incluida la responsabilidad
penal. Del mismo modo, para tener mayor certidumbre sobre el intercambio
de información que podría constituir una práctica monopólica absoluta,
se recomienda consultar la Guía para el Intercambio de Información entre Agentes Económicos.
[1] El valor de una Unidad de Medida y Actualización (UMA) para 2020 es de 86.88 pesos, 10 mil UMAs son equivalentes 868,800 pesos.
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