sábado, 26 de diciembre de 2020

COFECE recomienda no emitir el anteproyecto que modifica el Acuerdo para obtener permisos de importación y exportación de hidrocarburos y petrolíferos

 



  • De emitirse, el anteproyecto dificultaría seriamente la competencia y libre concurrencia en la comercialización de petrolíferos, y afectaría la posibilidad de los consumidores de acceder a más opciones de suministro y los mejores precios posibles.
  • Dado que PEMEX únicamente enfrenta competencia en la comercialización de gasolinas mediante las importaciones, es necesario que la regulación no dificulte la obtención de permisos, y que la Sener garantice su otorgamiento expedito y no discriminatorio.
  • COFECE recomienda a la Secretaría de Economía no emitir el Anteproyecto en los términos propuestos, y exhorta a la Conamer a notificar a la COFECE los Anteproyectos que tengan impacto en competencia. 

Ciudad de México, diciembre de 2020.- La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) remitió una opinión a las secretarías de Energía (Sener) y de Economía (SE) sobre el Anteproyecto de Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación de la Secretaría de Energía, con el objetivo de regular las importaciones y exportaciones de petrolíferos, hidrocarburos y petroquímicos.

Conforme al Anteproyecto, entre otros aspectos, este acuerdo:

  • Elimina los permisos de importación con vigencia de 20 años y los sustituye por otros de solo 5 años, reduciendo los incentivos para invertir en infraestructura de transporte y almacenamiento, y reafirmando, en el mediano plazo, la posición dominante de Pemex en la comercialización;
  • Sin justificación, otorga amplia discrecionalidad a la Sener para ajustar los volúmenes de importación y exportación de petrolíferos y petroquímicos contemplados en el permiso;
  • Establece la negativa ficta para el trámite de los permisos, con lo que la autoridad podría negarlos sin necesidad de responder, ni justificar y explicar al solicitante las razones por las que no lo otorga;
  • Establece requisitos poco claros y onerosos para la solicitud de permisos y otorga amplia discrecionalidad a la Sener en su revocación y caducidad. Por ejemplo, en los de importación de cinco años exige que sus compromisos contractuales tengan una duración de al menos un periodo similar y que aporte al desarrollo o expansión de infraestructura de almacenamiento y/o transporte, además debe demostrar que no se impactará el suministro en territorio nacional, lo que para un particular es sumamente complicado;
  • Distorsiona la figura administrativa del permiso, pues lo convierte en un instrumento de política pública para controlar la balanza energética, fomentar el cumplimiento de obligaciones fiscales y aduaneras, así como evitar fraudes y contrabando;

En este sentido, de aprobarse en los términos propuestos, dificultaría seriamente la competencia y libre concurrencia en el mercado de comercialización de petrolíferos, debido a que podría complicar y encarecer la obtención de permisos de importación de gasolinas, afectando la posibilidad de los consumidores de acceder a más opciones de suministro y los mejores precios posibles.

PEMEX es la única empresa que produce petrolíferos en territorio nacional, por lo que en el mercado de la comercialización de gasolinas solo enfrenta competencia mediante las importaciones que realizan otras empresas (comercializadores). Por lo tanto, para que exista competencia en este mercado, es indispensable que la regulación asociada no obstruya o dificulte injustificadamente la obtención, uso y renovación de los permisos necesarios para la importación de estos productos y que la Sener garantice su otorgamiento expedito y no discriminatorio.

Para evitar lo anterior, así como mantener y fomentar condiciones de competencia en la comercialización de hidrocarburos y petrolíferos, que beneficien con mayor oferta y los mejores precios posibles a los adquirientes de estos, el Pleno de la COFECE, recomendó a la Secretaría de Economía no emitir el Anteproyecto en los términos que fue propuesto.

Además, exhortó a la Conamer a notificar a la Comisión en los términos de la Ley General de Mejora Regulatoria y del Convenio COFECE-Conamer sobre todos los Anteproyectos que tengan impacto en la competencia y la libre concurrencia, para el análisis pertinente de los mismos. Finalmente, remitió esta opinión a los titulares de las instituciones que integran la Comisión de Comercio Exterior para que conozcan los riesgos identificados, pues el Anteproyecto debe ser votado y opinado en dicho organismo antes de su publicación.


Consulta la Opinión OPN-011-2020 

No hay comentarios:

Publicar un comentario