+ Detecta obras y actividades irregulares
dentro del ANP Zona Protectora Forestal “Cuencas de los Ríos Valle de Bravo,
Malacatepec, Tilostoc y Temascaltepec”.
La Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal dos construcciones en el
municipio de Valle de Bravo, en el Estado de México, por no contar con la
autorización de impacto ambiental que emite la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARNAT).
Personal de la PROFEPA en la entidad
realizaron visita de inspección en una superficie de 2,670 metros cuadrados, en
el sitio conocido como Vega del Manantial, donde se observó la afectación de
aproximadamente 780 metros cuadrados, por la excavación y remoción de suelo
para la construcción de una casa-habitación. En el sitio inspeccionado se
observaron ejemplares de pino (Pinus sp.) en pie.
Durante la inspección, se detectó la apertura
de un camino con una longitud de 65 metros y 3.5 metros de ancho. A un costado
del inicio y final de este camino, se observaron trabajos de excavación que
abarcaban superficies de 64 metros cuadrados y de 30 metros cuadrados,
respectivamente; la excavación ubicada al final del camino cuenta con
profundidad de 1.30 metros.
Además, dentro del predio inspeccionado
también se encontró una terraza con una superficie de 55 metros cuadrados,
presentando a un costado de ella una excavación de 3.8 metros de ancho, 10
metros de largo y 2 metros de profundidad que, a dicho del visitado, esta
excavación se realizó para la construcción de un muro de contención; así como
otra excavación de 2.5 metros de ancho, 5 metros de largo y 1.30 metros de
profundidad.
Cabe mencionar que el predio inspeccionado
está dentro del Área Natural Protegida
(ANP) de competencia federal con categoría de Área de Protección de los
Recursos Naturales denominada “Zona Protectora Forestal Cuencas de los Ríos
Valle de Bravo, Malacatepec, Tilostoc y Temascaltepec”, por lo que para llevar
a cabo obras y actividades en el ANP, se debe contar previamente con la
autorización de impacto ambiental, la cual no fue exhibida por el
inspeccionado.
De manera simultánea, personal de la PROFEPA
inspeccionó un predio en el sitio conocido como La Joya, constatando la
afectación de una superficie de 1,128 metros cuadrados por la construcción de 6
caballerizas, con materiales como block, cemento y piedra, las cuales estaban
contiguas y en forma de escuadra.
En la parte posterior de las caballerizas, se
encontró la apertura de un talud con un metro de altura que, según el
inspeccionado, estaría destinado para una pista de ruedo para caballos.
Así mismo, se observaron dos excavaciones más, una al oeste del predio y
otra en la entrada principal del mismo, ambas con una profundidad de 2.6 metros
y 2.4 metros de ancho, destinadas para
una fosa séptica y una cisterna.
Los inspectores federales solicitaron al
visitado la autorización correspondiente emitida por la SEMARNAT, la cual no
fue presentada al momento de la diligencia.
Por lo anterior, la PROFEPA determinó como
medida de seguridad la clausura total
temporal de las obras y actividades de ambas construcciones, con fundamento en
el artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente (LGEEPA).
La LGEEPA establece entre sus sanciones una
multa equivalente de 30 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización, la
amonestación y la clausura temporal o definitiva, total o parcial.
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