+ Procede al retiro de mesas, sillas, ramadas, motos acuáticas y remolques para garantizar el libre acceso y tránsito por la ZOFEMAT.
+ Encuentra en una embarcación dos ejemplares de tortugas jicotea elegante (Trachemys scripta elegans), especie Sujeta a Protección Especial en la NOM-059-SEMARNAT-2010.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) implementó, el pasado 11 de noviembre, un operativo en materia de Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT) en Playa Revolcadero, municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, con objeto de mantener el libre acceso y tránsito por dicho bien de la nación.
En este sentido, como parte de las acciones instrumentadas en este operativo, se procedió al retiro de mesas, sillas, ramadas, motos acuáticas y remolques, esto con la ayuda de un camión de volteo.
Así mismo, PROFEPA inspeccionó los campamentos tortugueros que se encuentran operando en Playa Revolcadero, mismos que no cuentan con el título de concesión correspondiente; sin embargo, con el fin de proteger y garantizar la sobrevivencia de los nidos que albergan estos campamentos, sólo se realizó la reducción de los espacios que ocupan.
También se encontró dentro de una embarcación en aparente estado de abandono, dos tortugas jicotea elegante (Trachemys scripta elegans); al respecto, durante la diligencia los inspectores de PROFEPA entrevistaron a las personas del lugar sin que nadie pudiere dar información del propietario de la embarcación, ni de la procedencia de dichos ejemplares, por lo que una vez revisadas de manera externa y haber considerado que se encontraban en buen estado, se procedió a su liberación en la Laguna Negra de Puerto Marqués.
Cabe señalar que la tortuga jicotera elegante (Trachemys scripta elegans) está Sujeta a Protección Especial de acuerdo a lo señalado en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.
Con estas acciones, la PROFEPA refrenda su compromiso constante de mantener las playas y la ZOFEMAT libres de ocupaciones irregulares, garantizando así el estricto cumplimiento de la legislación patrimonial y ambiental, y el disfrute de la población sobre el libre acceso y tránsito por estos bienes de la nación.
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