+ 6 industrias de competencia
federal impidieron la verificación en el cumplimiento de sus obligaciones con
motivo de la Contingencia
+ Inicia acciones la
Procuraduría para determinar si violentaron la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en materia de Prevención
y Control de la Contaminación de la Atmosfera
Durante la activación la Fase
1 de Contingencia Ambiental Atmosférica por Ozono en la Zona Metropolitana del
Valle de México, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)
realizó 123 visitas técnicas a empresas obligadas a suspender actividades por
el usos productos orgánicos volátiles,
benceno, tolueno, xilenos y/o sus derivados y reducir sus emisiones generadas
en sus procesos de combustión entre un 30 % y un 40%.
Sin embargo, 6 empresas
impidieron que personal de la PROFEPA verificara el cumplimiento de sus
obligaciones, por lo que esta dependencia federal realizará las inspecciones
pertinentes a fin de verificar el estricto cumplimiento de todos y cada uno de
sus procesos de producción en materia de contaminación atmosférica, las cuales
están obligadas de acuerdo a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente (LGEEPA).
Por ello, sólo 117 empresas de
jurisdicción federal permitieron el
acceso a sus instalaciones para observar físicamente que sus actividades se
suspendieron y que redujeron sus emisiones contaminantes con motivo de la
Contingencia ambiental atmosférica.
Cabe señalar que la Licencia
Ambiental Única que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT) a empresas de jurisdicción federal, se les condiciona a que
participen en los planes de contingencia que instrumenten las autoridades
ambientales, con el fin de controlar la contaminación que se presente por
condiciones meteorológicas desfavorables o emisiones extraordinarias no
controladas, lo cual es verificado por la PROFEPA.
Por ello, las empresas que no
han cumplido con sus obligaciones ambientales se les impondrán clausuras, las
cuales permanecerán hasta en tanto comprueben el cumplimiento de la legislación
ambiental vigente y se impondrán multas de hasta 50,000 días de salario mínimo
por cada violación a la Ley que se
detecte.
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