miércoles, 9 de marzo de 2016

Medida de seguridad al detectarse obras y actividades comerciales no autorizadas

CLAUSURA PROFEPA OBRAS Y ACTIVIDADES COMERCIALES EN ZOFEMAT, EN PLAYA OLAS ALTAS, EN MANZANILLO
  
+ El inspeccionado no presentó autorización que expide la SEMARNAT en materia de impacto ambiental

+ En una zona de arribazón de la tortuga marina se afectó una superficie superior a los 302 m2
  
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal obras y actividades comerciales en la Zona Federal Marítimo Terrestre, localizada en  “La Peñita”, playa Olas Altas, municipio de Manzanillo, Colima, por no contar el inspeccionado con la autorización oficial que expide la SEMARNAT en materia de impacto ambiental.

         Dicha medida de seguridad fue impuesta por personal de esta Procuraduría al detectarse durante la visita de inspección obras y actividades comerciales no autorizadas, en la zona federal marítima terrestre, en una superficie superior a los 302 metros cuadrados.

         Las obras y actividades irregulares corresponden a la construcción de dos plantas; la primera de ellas se encuentra a nivel de carretera, específicamente un bar con madera de palma y fracciones de bardas de cemento y ladrillo.

         Para lo anterior, se eliminó parte del litoral costero, en una zona de arribazón de la tortuga marina, en cuyo sitio no se observaron descargas hacia la zona federal, ya que éstas se encuentran conectadas al sistema de la red de drenaje municipal.

         Las obras y actividades citadas se ubican en la línea costera, mismas que implicaron la eliminación de una porción de la arena de mar, la reducción de la franja litoral y la modificación de la conformación natural del terreno con materiales distintos.

         Al colocarse estructuras permanentes en la zona costera, se estrecha la zona de amortiguamiento de oleaje, modificándose el patrón natural de energía y el flujo y reflujo de materiales y transporte litoral, entre otros aspectos.

         Cabe señalar que las playas son el elemento más frágil del litoral y que las diferentes actividades humanas ejercen una gran presión con afectación y contaminación ambiental por la eliminación del hábitat de especies, descargas de aguas residuales, generación de basura, ruido y demás variables.

         Asimismo, la construcción de obras civiles en la costa puede producir cambios que afectan las tasas de suministro o la pérdida del transporte litoral y generar modificaciones en la línea costera.

         La PROFEPA vigilará de manera constante que no se desarrollen actividades sin las autorizaciones correspondientes, y que lo autorizado se cumpla como lo establecen las condicionantes.

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