+ El 19 de octubre pescadores capturaron un
ejemplar cocodrilo de río que se encontraba en el mar, exhibiéndolo a turistas
y negándose a ponerlo a disposición de las Autoridades Ambientales.
+ Pescadores que sustrajeron del mar al
reptil solicitaron una recompensa económica para entregar al reptil; ante la
negativa, se llevaron al cocodrilo.
+ Atiende PROFEPA reporte de Bomberos de
Acapulco, donde pescadores entregaron
voluntariamente al cocodrilo; continúa investigación para deslindar
responsabilidades.
La Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente (PROFEPA) rescató y reintegró a su hábitat al ejemplar de cocodrilo de
río que fue sustraído del mar por pescadores de la región, el pasado 19 de
octubre de 2017, frente al Club de Yates de Acapulco, Guerrero.
En atención a un reporte de la Estación
Central de Bomberos de Acapulco, éstos informaron a la Delegación de la PROFEPA
en la entidad que pescadores entregaron voluntariamente un ejemplar de
cocodrilo.
Ante ello, inspectores de la PROFEPA llegaron
a las instalaciones de los Bomberos y procedieron a revisar al reptil; dadas
las características del mismo, se pudo corroborar que se trata del mismo
cocodrilo de río (Crocodylus acutus) que fue exhibido en redes sociales a
través de un video, donde se observa que éste es extraído del mar por un grupo
de pescadores en el muelle del Club de Yates Acapulco.
Lo anterior se confirmó luego de que los
pescadores fueron quienes acudieron a la Estación de Bomberos a entregar de
manera voluntaria al ejemplar, dándose aviso a la PROFEPA para que acudiera a
la valoración del ejemplar y determinar su destino.
En ese sentido y una vez realizado la
revisión ocular, se constató que el cocodrilo no presentaba lesiones exteriores
y que su estado de salud era bueno para ser reintegrado a su hábitat, motivo
por el cual se procedió a su inmediata
liberación en la Laguna de Santa Cruz de Mitla, Municipio de Benito Juárez,
Guerrero.
Sin embargo, la PROFEPA continúa con la
investigación a fin de dar con el paradero de los pescadores, para deslindar
responsabilidades y sancionar conforme a la legislación ambiental vigente.
Cabe destacar que el cocodrilo de río
(Crocodylus acutus) está listado en la Norma Oficial Mexicana
NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de especie Sujeta a Protección
Especial (Pr) y está incluido en el Apéndice I de la Convención sobre el
Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres
(CITES).
Así mismo, es importante resaltar que el
Artículo 420, fracciones IV y V, del Código Penal Federal establece que se
impondrá pena de uno a nueve años de prisión y multa por el equivalente de 300
a 3 mil Unidades de Medida y Actualización a quien dañe algún ejemplar de flora
o fauna silvestres terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica,
amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial o regulada por
algún tratado internacional del que México forme parte.
Además, la Ley General de Vida Silvestre
(LGVS) establece para el caso de daño o destrucción de ejemplares de vida
silvestre o de su hábitat, una sanción que puede ir de 50 a 50,000 Unidades de
Medida y Actualización.
Con estas acciones, la PROFEPA garantiza la
preservación de la vida silvestre, así como su trato digno y respetuoso.
+++
No hay comentarios:
Publicar un comentario