+ Las actividades a cargo de la SEMAR
consisten en limpieza de las áreas azolvadas colindantes con el muelle de la
Segunda Zona Naval y 4 secciones del Canal de Navegación.
+ La SEMAR cuenta con autorización expedida
por la SEMARNAT para realizar dicha actividad.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) constató, en
visita de inspección, que los trabajos de dragado que se realizan en la Bahía
de La Paz, Baja California Sur, por parte de la Secretaría de Marina-Armada de
México (SEMAR) cuentan con los permisos necesarios otorgados por la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
En atención a una denuncia ciudadana,
inspectores federales de la PROFEPA en la entidad se presentaron en el lugar
donde se realizaba dicha actividad del canal de navegación de la Segunda Zona
Naval Militar, frente a la Marina Palmira.
En dicha visita se observó que se utilizaba un equipo de dragado
autopropulsado tipo buque, con matrícula DR04, propiedad de la SEMAR.
Durante la visita y en diferentes recorridos en la Bahía de La Paz,
personal de la PROFEPA no ha encontrado varamientos de tortugas marinas o
evidencia alguna que pudieran tener relación con las actividades de dragado.
Además, durante la visita de inspección se constató que dichas
actividades se encuentran autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARNAT) mediante el oficio SEMARNAT-BCS-02. 01.IA.499/17
de fecha 29 de septiembre del año en curso, fundamentado en el artículo 7° del
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente en materia de Impacto Ambiental
El proyecto se denomina “Rehabilitación de la zona marina del muelle y
canal de navegación de la Segunda Zona Naval Militar” y consiste en el dragado
de la Dársena de maniobras de la Segunda Zona Naval, Acceso al Canal y 3
secciones del Canal de Navegación: entre balizas 4 y 6 (rojas), entre balizas
12 y 13 (rojas) y frente al Muelle Fiscal.
El citado oficio señala en el Considerando Tercero: “Esta Delegación
Federal, una vez revisada la información presentada, considera que la
Rehabilitación de la zona marina del muelle y canal de navegación de la Segunda
Zona Naval Militar es procedente al tratarse de obras y actividades que
requieren ejecutarse para salvar una situación de emergencia generada por la
tormenta tropical Lidia, ya que de conformidad con el Servicio Meteorológico
Nacional, tuvo precipitaciones extraordinarias de más de 750 mm y el
consecuente arrastre de sedimentos”.
La PROFEPA refrenda su compromiso de preservar y proteger los recursos
naturales, así como procurar justicia ambiental a través del cumplimiento de la
Ley.
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