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Inspeccionado no presentó la autorización para el Cambio de Uso del Suelo en
Terrenos Forestales emitido por la autoridad federal competente.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera
total temporal un predio del Ejido Leona Vicaria, en el municipio de Puerto
Morelos, Quintana Roo, debido a la apertura de un camino de acceso sin la
autorización de Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales emitida por la
SEMARNAT.
En
visita de inspección, personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en la
entidad observó actividades de desmonte y remoción de vegetación forestal
característica de selva mediana subperennifolia, con maquinaria pesada, para la
realización de un camino de acceso en una superficie de 7.41 hectáreas.
Por
lo anterior, la PROFEPA verificó la remoción de la cobertura vegetal forestal
característica de selva mediana subperennifolia, con una asociación de Palma
chit (Thrinax radiata), especie enlistada en la Norma Oficial Mexicana
NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría de Amenazada (A).
Por
ello y con fundamento al Artículo 161, Fracción II, de la Ley General de
Desarrollo Forestal Sustentable, y debido a que el inspeccionado no acreditó
contar con la autorización correspondiente para Cambio de Uso de Suelo en
Terrenos Forestales emitida por la
SEMARNAT, se procedió a imponer como medida de seguridad: la Clausura
Total Temporal del predio.
De
acuerdo a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, las violaciones
cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el
equivalente de 100 a 20 mil días de la Unidad de Medida y Actualización vigente
en la Ciudad de México.
Conforme
a lo previsto en el Artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas
pueden derivar en un delito penal y se podrá
imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión, así como una
multa por el equivalente de cien a tres mil días multa a quien desmonte o
destruya la vegetación natural y cambie el uso del suelo forestal.
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