miércoles, 28 de junio de 2017

CLAUSURA PROFEPA RELLENO DE HUMEDAL CON BASURA POR AFECTACIÓN DE MANGLAR, EN LA RÍA DE PROGRESO, YUCATÁN


+ Detecta un tiradero a cielo abierto en zona de humedal; la zona afectada comprenden un total de 960 metros cuadrados.
+ En la zona hay presencia de 3 especies de mangle, que se encuentran listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría de Amenazadas (A).

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró una zona de la Ría de Progreso, aledaña a la calle 37, rumbo al recinto portuario de Yucalpetén, en el Municipio de Progreso, Yucatán, por el relleno de un humedal con basura afectando ejemplares del manglar.

En atención a una denuncia hecha por un medio de comunicación, personal de la PROFEPA inspeccionó la zona de la Ría de Progreso, donde constataron la existencia de un tiradero a cielo abierto en zona de humedal, lo que ha llevado a su relleno con basura, afectando  dos zonas que abarcan  una superficie total de 960 metros cuadrados.

La primera zona ocupa un total de 320 metros cuadrados; mientras que la segunda consta de 640 metros cuadrados.

 En ambas zonas se encontraron ejemplares de mangle blanco (Laguncularia racemosa), mangle rojo (Rhizophora mangle) y mangle  botoncillo (Conocarpus erectus), especies que están enlistadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de especies Amenazadas (A).

Por lo anterior, y con el fin de evitar que continúe ocasionando afectaciones al ambiente, se aplicó como medida de seguridad la Clausura Total Temporal de la zona, fijando los letreros de clausura correspondientes en los dos accesos al sitio.

Cabe señalar que la multa a la que pueden hacerse acreedores los responsables de la afectación al humedal es de hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización, de acuerdo a lo establecido en el artículo 171, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, además de resarcir el daño ocasionado a través de la restauración de la zona afectada.

Por su parte, el Código Penal Federal establece en su artículo 420 Bis, fracción I, una pena de 2 a 10 años de prisión y multa por el equivalente de 300 a 3 mil Unidades de Medida y Actualización, a quien dañe, deseque o rellene humedales o manglares.

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