+ Operativo intersecretarial permitió la
detección de la embarcación, tras un recorrido de vigilancia marítimo a bordo
de una patrulla interceptora de la Armada de México.
+ Personal de PROFEPA, en coordinación con
SEMAR y la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), participan en
la acción.
+ Navío carecía de autorización de impacto
ambiental para realizar actividades de aprovechamiento extractivo de pesca
comercial en el interior de la Reserva de la Biosfera.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró un
barco camaronero por realizar actividades de pesca en la zona de
amortiguamiento del Área Natural Protegida, Reserva de la Biosfera del Alto
Golfo de California y Delta del Río Colorado, sin autorización de impacto ambiental.
El operativo intersecretarial permitió que personal de esta
Procuraduría, en coordinación con la Secretaría de Marina (SEMAR) y la Comisión
Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), detectara el barco de nombre
“ALEXANDER GARCIA”, al realizar un recorrido de vigilancia marítimo a bordo de
una patrulla interceptora de la Armada de México.
Los inspectores federales de la PROFEPA solicitaron al capitán de la
embarcación camaronera permiso de abordaje; una vez a bordo, le fue solicitada
la documentación correspondiente.
Tras el abordaje, se pudo comprobar que dicha
nave carecía de la autorización en materia de impacto ambiental, la cual debe
ser otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT), para realizar actividades de
aprovechamiento extractivo de pesca comercial en el interior de la Reserva de
la Biosfera.
La embarcación fue asegurada por
la PROFEPA y llevada a muelle en Puerto Peñasco, Sonora, para continuar
con el procedimiento administrativo en espera de sanción administrativa.
La PROFEPA, la SEMAR, la Gendarmería y la CONAPESCA tienen la encomienda
de mantener libre de embarcaciones menores el Alto Golfo de California y velar
porque las actividades permitidas se realicen en estricto cumplimiento de la
legislación ambiental.
Cabe mencionar que dicha embarcación puede
ser sancionado con una multa que va de 30 a 50 mil Unidades de Medida y
Actualización, conforme a lo dispuesto por el artículo 171, fracción I, de la
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
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