Se
acata así la firma del acta efectuada recientemente por representantes de ambas
dependencias
Trámites
que no se transfieren a la SEMAR seguirán siendo atendidos por la SCT
Entraron
en vigor reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la
Ley de Navegación y Comercios Marítimos, y la Ley de Puertos
El
sábado pasado entró en vigor el Decreto que reforma diversas disposiciones
marítimas, por lo que la documentación y resolución de trámites que eran
atendidos por la Dirección General de Marina Mercante (DGMM) de la Secretaría
de Comunicaciones y Transportes (SCT) los absorbió la Secretaría de Marina
(SEMAR).
Es
así como se cumplió la firma del acta que se llevó a cabo por los Oficiales
Mayores de ambas dependencias, Rodrigo Ramírez Reyes y Almirante José Luis
Vergara Ibarra, respectivamente, efectuada el pasado 9 de junio para la
transferencia de recursos públicos de las Capitanías de Puerto de la SCT a
SEMAR.
Asimismo,
se acata el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la
Ley de Navegación y Comercio Marítimos y la Ley de Puertos”, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el pasado 19 de diciembre de 2016.
Como
resultado de ello se transfirieron a la SEMAR algunas funciones que venía
ejerciendo la SCT a través de la DGMM, por lo que a partir de la entrada en
vigor del mencionado Decreto son ya competencia de la SEMAR.
Los
trámites que están siendo atendidos por la SEMAR son: Autorización de dimisión
de bandera y cancelación de Certificado de Matrícula; Asignación de señal
distintiva; Abanderamiento de embarcaciones o artefactos navales; Modificación
de Certificado de Matrícula; Registro y aprobación de instalaciones en materia
de Inspección; Expedición de certificado nacional de arqueo para embarcaciones
y artefactos navales; Permiso para la prestación de servicios de Turismo
Náutico en vías navegables, con embarcaciones menores en navegación interior o
de cabotaje.
Así
como la Autorización de señales marítimas a concesionarios y particulares;
Inspección y reconocimiento de embarcaciones y artefactos navales; Revisión y
en su caso aprobación de documentos técnicos; Aprobación del proyecto de
construcción o modificación de embarcaciones y artefactos navales; Modificación
o reposición de Certificados de Seguridad; Expedición de certificados de
Exención y Especiales.
También
la Aprobación de dispositivos y medios de salvamento; Registro y Autorización a
terceros en materia de Inspección; Expedición de Libretas de Mar; Expedición de
Certificado de Matrícula para Embarcaciones o Artefactos Navales; Expedición de
certificados de asignación en materia de Inspección; Refrendo de personal
subalterno; Certificación de Singladuras, y Certificado internacional de
Protección del Buque, y de Protección del Buque Provisional.
Los
trámites que no se transfieren a la SEMAR seguirán siendo atendidos de forma
habitual por la DGMM de la SCT, acota.
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