Ciudad de México, febrero de 2022.- El momento llegó, la temporada de declaraciones anuales
está aquí y el dolor de cabeza para muchos apenas inicia. Mes a mes
durante 2021, cada contribuyente, Persona Física con Actividad
Empresarial o Profesional o Persona Moral, debió ir documentando y
recuperando los comprobantes fiscales que ampararán la totalidad de sus
deducciones del ejercicio. Toda erogación realizada, incluyendo
cualquier gasto o inversión, deberá estar amparada por un comprobante
fiscal que cumpla con los requisitos del artículo 29-A del Código Fiscal
de la Federación, ya que, de no realizarse, cada contribuyente estaría
perdiendo el 30% del valor de cada erogación.
Algunas
deducciones a las que puedes acceder como persona moral, física con
actividad empresarial o profesional son: donativos (con un tope del 7%
de la utilidad fiscal de tu empresa), gastos por la compra de mercancía y
todo lo que se requiere para la operación de tu empresa, desde el
arrendamiento o compra de muebles, bienes, autos, maquinaria tecnología,
entre otros.
¿Cómo deducir más?
Pongamos
un ejemplo, al realizar una adquisición de un bien como un vehículo, ya
sea a través de la compra al contado o a crédito; ésta se clasifica
como una inversión en activo fijo, la cual se declara como deducción de
inversiones, y se deprecia a razón del 25% anual. El monto máximo
deducible es de $175,000.00, es decir, si el automóvil vale más de ese
monto, la diferencia es NO deducible.
El
cálculo anual del Impuesto Sobre la Renta ISR considera, entre otros
aspectos, el valor de tus activos fijos. Al pasar de los años, el valor
del bien disminuye (se deprecia), y con ello disminuye el cálculo y pago
del ISR, lo cual se verá reflejado en la declaración anual ante el SAT.
En
el caso particular de las pick ups, definidas por la ley como vehículos
con aspecto de todoterreno con caja trasera descubierta para
transportar objetos, son consideradas como vehículos de trabajo.
Consecuentemente, su valor deducible es del 100%, depreciable a razón
del 25% anual.
Sin
embargo, esta ventaja fiscal es mucho menor, comparada con la que puede
ofrecerte el arrendamiento de vehículos, camiones o flotillas. El
arrendamiento es la renta de un bien por determinado tiempo, con la
opción de compra al finalizar el contrato, o bien, la renovación de
éste.
Así que iniciemos definiendo los tipos de arrendamiento y sus beneficios. En el arrendamiento financiero, el
arrendador traspasa el derecho a usar un bien a un arrendatario, a
cambio del pago de rentas durante un plazo determinado, al término del
cual el arrendatario tiene la opción de comprar el bien, pagando un
precio determinado (valor residual); lo que permite registrar los bienes
como activos fijos bajo el amparo de las leyes del ISR e IVA y deducir
únicamente la totalidad de los intereses como un gasto financiero.
Al
arrendamiento financiero se le debe de dar tratamiento como deducción
de inversiones. La deducción de inversiones es otro tipo de requisito en
el que el tope máximo para poder deducir el equipo es de $175,000
pesos, para vehículos de combustión interna, y de $250,000 pesos, para
un vehículo híbrido o eléctrico.
En comparación, el arrendamiento puro, también conocido como leasing,
es un contrato donde los pagos mensuales suelen ser notablemente más
bajos que en un crédito, pues únicamente se paga por el uso del vehículo
durante el periodo que dure el contrato. El monto mensual por concepto
de renta puede ser hasta 100% deducible de impuestos.
La
diferencia principal es que, mientras que el arrendamiento financiero
solo nos permite deducir los intereses reales del monto a pagar así como
la depreciación del activo, el arrendamiento puro sí permite deducir
los pagos en su totalidad, ayudando a reducir la carga fiscal.
Bajo
este esquema, se tiene un tope de $200 pesos diarios para vehículos de
combustión interna y de $285 pesos para eléctricos e híbridos.
“Adquirirlos
por vía arrendamiento puro siempre dará un mejor beneficio porque tiene
un mayor tope para poder ser deducible, así como sus gastos alrededor,
tales como asesoría legal, administración de mantenimiento, seguro
vehicular y rastreo satelital. En cambio, cuando se trata de
arrendamiento financiero, sí está ligado a los topes de deducibilidad
que corresponda para deducción de inversiones”, comenta César Jacintos, Director de Impuestos de TIP México.
Ahora
bien, contratar el arrendamiento con una arrendadora que además sea
administradora de flota, logrará maximizar la deducción, al hacer que
todos los servicios inherentes al uso del vehículo sean 100% deducibles.
Una poderosa razón para considerar esta opción en tus operaciones.
Utilizar
herramientas financieras es de gran ayuda, en especial en esta época en
que la economía necesita una mayor liquidez para enfocarse en las
operaciones diarias. Es imperativo contar con aliados como TIP México
para descubrir los beneficios del arrendamiento
y poner tu negocio en movimiento. Así que, en esta temporada, olvídate
del dolor de cabeza y disfruta de las ventajas de las deducciones
fiscales que ofrece el arrendamiento.
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