viernes, 22 de diciembre de 2017

CONSTATA PROFEPA FALTA DE CONCESIÓN PARA DESCARGA DE AGUAS RESIDUALES DEL SISTEMA OPERADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE CUAUTLANCINGO HACIA EL RÍO ATOYAC




+ Durante la visita de inspección el sistema operador no exhibió las concesiones para las descargas de aguas residuales, emitidas por la Comisión Nacional del Agua, ni tampoco las autorizaciones para la descarga por parte del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Puebla (SOSAPAP).



La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) inspeccionó las instalaciones del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Cuautlancingo (SOSAPAC), en Puebla, donde constató que éste no cuenta con las concesiones emitidas por la CONAGUA para la descarga de aguas residuales.



Durante la diligencia personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad observó que el SOSAPAC tiene más de tres descargas de aguas residuales, tanto a colectores del mismo Sistema, como a cuerpos de aguas nacionales (Río Atoyac y sus afluentes).



Así mismo, esta Procuraduría verificó que el SOSAPAC tampoco mostró los análisis de monitoreo de las descargas residuales del Municipio; tampoco cuenta con Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, por lo que descarga el agua residual de forma directa a los arroyos afluentes del Río Atoyac.



La PROFEPA tiene facultades para realizar estas visitas de inspección conforme al Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).



Esta acción se suma a la Recomendación emitida por la PROFEPA durante 2015 para promover el cumplimiento de la legislación ambiental para el saneamiento del Río Atoyac, el cual forma parte de la Cuenca del Alto Balsas.



De igual manera, se atiende la Recomendación 010/2017 emitida por la CNDH sobre la violación al derecho humano a un medio ambiente sano, saneamiento del agua y acceso a la información, en relación con la contaminación de los Ríos Atoyac, Xochiac y sus afluentes; en agravio de quienes habitan y transitan en los Municipios de San Martín Texmelucan y Huejotzingo, en el Estado de Puebla; y en los Municipios de Tepetitla de Lardizábal, Nativitas e Ixtacuixtla de Mariano Matamoros, en el Estado de Tlaxcala.



La PROFEPA requerirá al SOSAPAC el cumplimiento de sus obligaciones en materia de descarga de aguas residuales, y en su caso impondrá las sanciones económicas correspondientes.



Se continuará con la vigilancia de los cuerpos de aguas nacionales en los que descargan los 22 Municipios que se encuentran en la cuenca del Río Atoyac en el Estado, con la finalidad de verificar el cumplimiento en el tratamiento de sus aguas residuales y así contribuir de forma directa al saneamiento de este importante río.

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