Ciudad de México, octubre de 2025.- La NOM-247 es un reglamento que regula la industria inmobiliaria en México, y que establece cuáles son los requisitos para comercializar bienes inmuebles que se destinan a casa habitación. Esto quiere decir que regula información comercial y publicidad, así como los requerimientos mínimos que deben tener los contratos de adhesión. En Inmuebles24 te contamos más sobre ello.
La NOM-247 y su objetivo
La creación de esta norma respondió a la necesidad de establecer buenas prácticas que garantizan una operación segura y transparente sobre la compraventa de una propiedad destinada a la vivienda y se aplican a todas las personas involucradas en estas operaciones (físicas o morales), tales como agentes inmobiliarios, brokers, profesionales, promotores y desarrolladores.
“Poder dar claridad a las operaciones inmobiliarias ayuda a tener una industria más transparente en nuestro país. Por eso es importante que siempre se acuda a profesionales que nos ayuden a tomar decisiones basadas en información actualizada, y así evitar malas prácticas en operaciones relacionadas con el patrimonio”, señala Julio César Mendoza, Gerente Comercial de Inmuebles24.
Con esta norma, las autoridades gubernamentales pretenden brindar protección al consumidor y evitar fraudes en el mercado inmobiliario.
Qué dice la NOM-247
Estas son algunas de las condiciones y estipulaciones que establece la NOM-247:
- El proveedor tiene la obligación de poner a disposición del consumidor el plan ejecutivo del proyecto, ya sea en formato físico o digital.
- La publicidad empleada por el proveedor tiene que ser verdadera y comprobable.
- El proveedor tiene la obligación de respetar e informar los precios, garantías, tarifas, cantidades, medidas, cargos, calidades, restricciones, reforma, intereses, plazos, y demás condiciones que se aplican a la compraventa de una vivienda, en especial aquellos que haya convenido, obligado u ofrecido al consumidor para entregar la propiedad.
- En ninguna circunstancia los proveedores podrán negar la información sobre una vivienda o la propiedad en sí misma a un consumidor.
- Está prohibido publicar carteles o anuncios que desacrediten a otra marca o institución.
- El proveedor debe ser completamente honesto con la información que proporciona sobre la propiedad que está en venta, como la fecha de construcción y el tipo de materiales utilizados.
- El proveedor está en la obligación de informar al consumidor sobre el estado legal actual de la vivienda, así como su posesión.
La normativa NOM-247 indica que los contratos de compraventa de casa habitación deben contener como mínimo:
- Lugar y fecha en la que se celebró el contrato.
- Nombre, domicilio y RFC de las partes.
- Descripción del objeto del contrato.
- Precio que se le va a ofrecer el inmueble al consumidor, ya que es muy probable que este pueda variar al momento de cerrar la transacción.
- La relación de los derechos y obligaciones.
- Indicación de todos aquellos documentos que debe poseer el proveedor y que facultan que puede llevar a cabo la intermediación.
- Detalle de la información y documentación de la vivienda del consumidor.
- Medio, época de pago y contraprestación que se debe pagar al intermediario.
- Condiciones y fecha de entrega de la vivienda.
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