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Se trataba de huevos de tortuga Golfina (Lepidochelys olivácea), listada en la
NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de “En Peligro de Extinción” (P).
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También, una piel seca de Venado Cola Blanca, detectados por elementos de la
Policía Federal a transportistas. Los involucrados en esta ilegal actividad
fueron puestos a disposición del MPF para proceder conforme a la ley por los
delitos cometidos en materia de vida silvestre.
La Procuraduría Federal de Protección
al Ambiente (PROFEPA) realizó el peritaje y aseguramiento precautorio de 3,172
huevos de tortuga marina y una piel seca de venado cola blanca, los cuales
fueron puestos a disposición del Ministerio Público de la Federación en el
estado de Jalisco, junto a dos presuntos responsables de tráfico ilegal de
especies silvestres.
En una primera acción, inspectores de
la PROFEPA en la entidad acudieron al MPF, que solicitó la realización de un
peritaje para conocer la especie y características de 1,650 huevos de tortuga
marina y una piel seca de Venado Cola Blanca, detectados por elementos de la
Policía Federal a un transportista en el municipio de Guadalajara.
El personal de esta Procuraduría
identificó los productos de vida silvestre, por cuyas características físicas
se determinó que se trataba de huevos de tortuga marina de la especie Golfina
(Lepidochelys olivácea), listada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010,
en la categoría de “En Peligro de Extinción” (P).
En
una segunda actuación, personal de la PROFEPA acudió a las instalaciones de la
Procuraduría General de la República (PGR) en Jalisco, donde determinó,
mediante peritaje, 1,522 huevos de tortuga marina Golfina, también asegurados
durante inspecciones oficiales realizadas por la Policía Federal.
Durante el manejo de los productos, el
personal dictaminador pudo observar que parte de ellos se encontraban en estado
de descomposición, por lo que fueron asegurados de manera precautoria para su
destino final, al igual que la piel del venado cola blanca.
Los
involucrados en esta ilegal actividad fueron puestos a disposición del MPF para
proceder conforme a la ley por los delitos cometidos en materia de vida
silvestre.
Cabe
resaltar que además de la prohibición del aprovechamiento extractivo de
tortugas marinas previsto actualmente en la Ley General de Vida Silvestre,
desde el 31 de mayo de 1990, se estableció la veda para las especies y
subespecies de tortuga marina en aguas de jurisdicción Federal del Golfo de
México y Mar Caribe, así como en las del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo
de California.
También,
que de acuerdo al Artículo 420 del Código Penal Federal, cualquier actividad
con fines de tráfico, captura, posesión, transporte y acopio de partes y
derivados de tortuga marina es penalizado como delito federal, con sanciones
que van de 1 a 9 años de prisión y multa por el equivalente de 300 a 3,000
Unidades de Medida y Actualización.
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