· Los valores de las variables
garantizan que el Estado recibirá una participación adecuada de la renta
petrolera de conformidad con la práctica internacional
El
pasado 7 de marzo se dio a conocer la convocatoria CNH-A2-AYIN-BATSIL-C1/2017
para seleccionar a los socios con quienes Petróleos Mexicanos, a través de su
empresa productiva subsidiaria Pemex Exploración y Producción, llevará a cabo
actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en las asignaciones
correspondientes a Ayín-Batsil, ubicadas en aguas someras del Golfo de México,
bajo la modalidad contractual de producción compartida.
Asimismo,
el pasado 2 de mayo se dieron a conocer las convocatorias CNH-A3-CÁRDENAS
MORA-C2/2017 y CNH-A4-OGARRIO-C3/2017 para seleccionar a los socios con quienes
Petróleos Mexicanos, a través de la empresa productiva subsidiaria Pemex
Exploración y Producción, llevará a cabo actividades de extracción de
hidrocarburos en las asignaciones terrestres correspondientes a Cárdenas-Mora y
Ogarrio, bajo la modalidad contractual de licencia.
Al
respecto, y de conformidad con lo establecido en los artículos 26 de la Ley de
Ingresos sobre Hidrocarburos; 9 de su Reglamento y el numeral 17.1 de las bases
de la licitación correspondientes a las tres convocatorias antes referidas, la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público informa que ha establecido los valores
mínimos y máximos para las variables de adjudicación.
En
el caso del contrato de producción compartida correspondiente a Ayín-Batsil el
mecanismo de adjudicación establecido prevé lo siguiente:
1. El licitante ganador estará obligado a un
acarreo mínimo a favor de Petróleos Mexicanos, con el objeto de reconocer las
inversiones realizadas por la Empresa Productiva del Estado previo a la
migración.
2. La primera variable de adjudicación
corresponderá al porcentaje de participación del Estado en la utilidad
operativa.
3. En caso de empate entre dos o más
licitantes, la segunda variable de adjudicación para seleccionar al ganador
será un monto en efectivo. Dicho monto se distribuirá entre el Gobierno (a
través del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo)
y Petróleos Mexicanos (como acarreo adicional a favor de Empresa Productiva del
Estado) en las proporciones descritas aquí, que serán establecidas como parte
de las bases de la licitación. En caso de que la oferta de monto en efectivo
sea la misma, el ganador será seleccionado por el método de insaculación.
En
el caso de los contratos de licencia correspondientes a Cárdenas-Mora y
Ogarrio, el mecanismo de adjudicación establecido prevé lo siguiente:
1. El licitante ganador estará obligado a
realizar un pago inicial en favor de Petróleos Mexicanos con el objeto de
reconocer las inversiones realizadas por la Empresa Productiva del Estado
previo a la migración.
2. La primera variable de adjudicación
corresponderá al porcentaje de regalía adicional.
3. En caso de empate entre dos o más
licitantes, la segunda variable de adjudicación para seleccionar al ganador
será un monto en efectivo. Dicho monto se distribuirá entre el Gobierno (a
través del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo)
y Petróleos Mexicanos (como pago adicional) en las proporciones descritas en
este comunicado, que serán establecidas como parte de las bases de la
licitación. En caso de que la oferta de monto en efectivo sea la misma el
ganador será seleccionado por el método de insaculación.
Por
otro lado, las condiciones económicas de los distintos procesos de licitación,
en conjunto con los demás instrumentos contractuales e impositivos, como el
impuesto sobre la renta y las regalías básicas, impulsarán el desarrollo óptimo
de largo plazo de los proyectos. Asimismo, el Estado garantiza la adecuada
captura de la renta petrolera determinada a través de la competencia en la
licitación. No se omite mencionar que todos los contratos contemplan la
aplicación de un mecanismo de ajuste que garantiza que el Estado capturará la
renta extraordinaria asociada a incrementos significativos en precios,
eficiencias en costos, o volúmenes de producción mayores a los esperados, según
corresponda.
Respecto
de la variable de adjudicación, los valores mínimos y máximos determinados por
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, correspondientes a las tres
migraciones con socio referidas son los siguientes:
Áreas
en Aguas Someras
Valores
de la Participación del Estado en la Utilidad Operativa
Área
Mínimo
Máximo
Ayín-Batsil
18.20%
25.00%
Campos
Maduros Terrestres
Valores
de la Regalía Adicional
Campo
Mínimo
Máximo
Cárdenas-Mora
1.00%
13.00%
Ogarrio
1.00%
13.00%
En
caso de que apliquen, las ofertas de monto en efectivo se distribuirán conforme
a lo siguiente:
Área
Distribución
de la oferta de monto en efectivo
Ayín-Batsil
80%
Pemex
20%
Gobierno
Cárdenas-Mora
· Primeros 69.0 millones de dólares para
Pemex.
· En adelante:
80%
Pemex
20%
Gobierno
Ogarrio
· Primeros 59.6 millones de dólares para
Pemex.
· En adelante:
80%
Pemex
20%
Gobierno
En
todos los casos en los que un licitante ofrezca el valor máximo de porcentaje
de participación del Estado o regalía adicional, según corresponda, el monto en
efectivo arriba referido se integrará como parte de su propuesta económica, aun
cuando no se presente un empate en la licitación.
Los
valores establecidos promoverán la inversión productiva para el desarrollo
óptimo de los proyectos asociados con la migración de las asignaciones, con la
finalidad de que el Estado pueda obtener ingresos que contribuirán al
desarrollo de largo plazo de la Nación, al tiempo de seguir promoviendo el
desarrollo de las alianzas de Petróleos Mexicanos a través de su empresa
productiva subsidiaria.
Considerando
todos los elementos económicos incluidos en el marco contractual y tributario,
el Estado se asegura de recibir una proporción de las utilidades totales de los
proyectos acorde con la práctica internacional para el desarrollo de campos en
aguas someras y campos maduros terrestres.
Mayor
información relativa a la licitación se encuentra disponible en la página
www.rondasmexico.gob.mx.
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