martes, 1 de agosto de 2017

PRESENTAN PROFEPA Y FUERZA CIVIL A UNA PERSONA ANTE MPF POR EXTRACCIÓN DE PIEDRA BOLA EN HIGUERAS, N.L.


+ Inspeccionado no presentó la autorización de Impacto Ambiental y de cambio de uso de suelo en áreas forestales que expide la SEMARNAT.

+ Constata remoción de 150 metros cúbicos de piedra bola; asegura retroexcavadora y 2 cribas en zona donde se ubica el material pétreo.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en conjunto con la Corporación de Fuerza Civil, presentaron ante el Ministerio Público Federal a una persona por realizar actividades de extracción de material pétreo es en el Arroyo Ramos, Municipio de Higueras, Nuevo León, sin las autorizaciones de Impacto Ambiental y de cambio de uso de suelo en terrenos forestales que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

En atención a una denuncia ciudadana sobre personas que realizaban actividades de extracción de piedra bola en el lugar referido, la PROFEPA realizó un operativo en conjunto con elementos de Fuerza Civil para verificar los hechos denunciados.

En el lugar y al momento de la diligencia, inspectores  de la PROFEPA  y elementos de seguridad encontraron a una persona en flagrancia que llevaba a cabo la extracción de material pétreo.

Los inspectores federales constataron, hasta ese momento, la remoción de  aproximadamente 150 metros cúbicos de piedra bola, así como la remoción de vegetación forestal a orillas del arroyo y en el área en donde se encuentra las cribadoras (estructuras que sirven para separar el material de la tierra) y el almacenamiento del material pétreo extraído; sin embargo, el inspeccionado no presentó las autorizaciones de Impacto Ambiental y forestal por el Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales correspondientes. 

Además, los inspectores aseguraron una retroexcavadora y dos cribas  que se encontraban en la zona en donde se ubica el material pétreo.

Posteriormente, el detenido fue trasladado a las oficinas de la Procuraduría General de la República con  sede en el municipio de Escobedo.  Así mismo, la PROFEPA interpuso una denuncia penal en contra del detenido de conformidad con el artículo 418, fracciones I y III del Código Penal Federal en relación con el artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales.

Lo anterior establece una pena de seis meses a nueve años de prisión y multa por el equivalente de cien a tres mil Unidades de Medida y Actualización vigente a quien destruya la vegetación natural y cambio el uso de suelo forestal sin autorización.

Cabe señalar que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), establece en su artículo 171 fracción I la aplicación de una multa equivalente de 30 hasta  50 mil Unidades de Medida y Actualización, mientras que la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, contempla en su artículo 165 la imposición de multa de 100 a 20,000 Unidades de Medida y Actualización vigente, a quien lleve a cabo el cambio de uso de suelo en terrenos forestales sin autorización.

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