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Verifica que se respete el día de descanso obligatorio para la realización de
actividades de observación
y nado con Tiburón Ballena.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en conjunto con
personal de la Comisión Nacional de Áreas
Naturales Protegidas (CONANP), llevaron a cabo
acciones de vigilancia en la observación y nado de Tiburón Ballena durante los
días 29 y 30 de julio, verificando que los prestadores de servicios realizan la
actividad en apego a lo previsto en el programa de
manejo tipo y a las condicionantes previstas
en la autorización correspondiente, respecto a las actividades en fin de semana
y a los días de excepción.
El
día 29 se revisaron13 embarcaciones en muelle de salida, verificando que
contaran con las autorizaciones respectivas
de la Dirección General de Vida Silvestre y de
la CONANP, comprobando también que llevaran el número máximo de pasajeros por
embarcación de acuerdo con previsto en las autorizaciones (10).
Posteriormente,
el día 30 de julio de 2017, la PROFEPA realizó recorrido marítimo confirmando
que se respetara el
día de excepción para la realización de la
actividad turística recreativa de observación y nado con Tiburón Ballena
(Rhincodon
typus), conforme a las autorizaciones, donde
se señala que los días 30 de cada mes, se suspenden las actividades
con el fin de dar un breve descanso a los
ejemplares de tiburón ballena.
En
ese sentido, constató que no hubo presencia de embarcaciones turísticas en la
zona, dando cumplimiento de ese modo
con el día asignado para tal fin.
Lo
anterior se dio con el apoyo del Comité de Vigilancia Ambiental Participativa de Tiburón Ballena
denominado "Dameros"
y de la Asociación Náutica de Tiburón Ballena
de Isla Mujeres.
De
acuerdo a la Ley General de Vida Silvestre, su reglamento y las disposiciones
de las Normas Oficiales Mexicanas,
las violaciones cometidas podrán ser
sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 50 a 50,000 Unidades
de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México, así como el
incumplimiento de las medidas y reglas establecidas en los Programas
de Manejo de cada una de la Áreas Naturales
Protegidas.
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