+
Asegura maquinaria y equipo de aserrío: un carro escuadra con dimensión de 1.20
metros; péndulo con motor de 2.5 caballos de fuerza; un montacargas y dos
sierras cinta con motores de 20 y 05 caballos de fuerza.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera
total temporal un Centro de Almacenamiento y Transformación de Materias Primas
Forestales (CAT), en la Colonia Lomas Independencia en Guadalajara, Jalisco, por
no presentar la autorización de funcionamiento que expide la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Lo
anterior como parte de las acciones establecidas en el Programa Operativo Anual
de la PROFEPA, enfocado a la inspección
permanente de los CAT en el estado de Jalisco.
Al
arribar al establecimiento, personal adscrito a la PROFEPA en la entidad
solicitó al visitado la documentación oficial que acreditara el legal
funcionamiento del CAT, así como la documentación que acreditara la legal procedencia de los 124.9 m3 de madera
encontrada en el sitio, quien manifestó no contar con dichos documentos.
Por
lo anterior y con base a lo señalado en la Ley General de Desarrollo Forestal
Sustentable en su Artículo 161, Fracciones l y ll, los inspectores procedieron
a imponer como medidas de seguridad la clausura total temporal del sitio
inspeccionado y el aseguramiento precautorio de las materias primas forestales,
así como de la maquinaria utilizada en la transformación ilegal de las materias
primas forestales.
Entre
las especies aseguradas se encontraron 0.9 m3 de madera aserrada de pino (Pinus
spp.), 109.8 m3 de madera en gualdra de Parota (Enterolobium cyclocarpum), 11.8
m3 de madera aserrada de Teca (Tectona grandis) y 2.3 m3 de madera aserrada de
Rosa Morada (Tabebuia rosea).
La
maquinaria asegurada fue: un carro escuadra con dimensión de 1.20 metros, un
péndulo con motor de 2.5 caballos de fuerza, un montacargas frontal con
capacidad de 1.5 toneladas y dos sierras cinta con motores de 20 y 05 caballos
de fuerza, respectivamente.
El
Artículo 117 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal
Sustentable (LGDFS) establece que para el funcionamiento de carpinterías y
madererías se deberá presentar aviso que contenga nombre, denominación o razón
social del solicitante, así como el giro mercantil de las actividades a
realizar.
De
igual manera, dicha ley menciona en el Artículo 165, Fracción I, que el
infractor puede hacerse acreedor a multa por el equivalente de 40 a 1,000 veces
la Unidad de Medida y Actualización vigente.
Con
estas acciones, la PROFEPA reitera su compromiso de combatir e inhibir los
delitos forestales, disminuyendo la operación ilegal de Centros de
Almacenamiento y Transformación de Materias Primas Forestales.
+++
No hay comentarios:
Publicar un comentario