• Comparte Imevis beneficios del juicio de usucapión, para obtener Títulos de Propiedad a bajo costo.
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Señalan que regularizar una propiedad a través de un juicio sumario de
usucapión es más ágil en comparación con un juicio ordinario.
Toluca, Estado de México, 4 de septiembre de 2020. Con
la finalidad de garantizar certeza jurídica y patrimonial a las
familias mexiquenses, el Instituto Mexiquense de la Vivienda Social
(Imevis), compartió con la audiencia de las Caravanas por la Justicia
Cotidiana en Línea, los alcances y beneficios del Juicio de Usucapión.
“En
el Imevis llevamos a cabo el juicio de usucapión, lo tramitamos porque
nosotros somos gestores de los usuarios, de los ciudadanos mexiquenses
que se acercan a requerir de nuestros servicios, lo tramitamos ante los
Tribunales Judiciales del Estado de México y los tramitamos en dos
vertientes, una que es el juicio sumario de usucapión y otra que es el
juicio ordinario, la diferencia básica entre estas dos vertientes
prácticamente es que los tiempos son muy apremiados”, puntualizó Adriana
Martínez Peña, Subcoordinadora Zona Poniente del Imevis.
Durante
la emisión en vivo, en las redes sociales de la Secretaría de Justicia y
Derechos humanos, se respondió a las dudas del auditorio, sobre los
tiempos para realizar el juicio sumario de usucapión, el cual señalaron
es más ágil en comparación con un juicio ordinario.
“Para
contestar una demanda estaríamos hablando de que serán cinco días, en
contraposición al juicio ordinario que se dan nueve días, para poder
contestar la demanda, entonces el juicio sumario de usucapión es un
juicio muy abreviado que nos permite regularizar en mucho menos tiempo
la posesión de un inmueble y poder otorgarle al ciudadano que se acerca
con nosotros a regularizar bajo esta vía un título de propiedad”,
enfatizó Martínez Peña.
Para
llevar a cabo un juicio de usucapión es necesario que la posesión sea
pública y conocida, o bien que se encuentre inscrita en el Registro
Público de la Propiedad, mediante la inmatriculación administrativa, o
contar con un contrato de compraventa, permuta o donación.
Además,
el propietario deberá comprobar la posesión del inmueble por mínimo
cinco años continuos e ininterrumpidos, en caso de que la persona haya
sido despojado por más de un año, deberá esperar a cumplir el plazo
establecido para acceder a un juicio de usucapión.
El inmueble también debe cumplir con ciertas características, entre ellas que la superficie no sea mayor a 200 metros.
“Si
acaso la superficie del inmueble fuera mayor a 200 metros, entonces
para ver la procedencia del juicio sumario, entraríamos a ver el valor
catastral, el valor catastral del inmueble no tiene que ser mayor de 508
mil 960 pesos, éstos serían los rubros, digamos si es hasta 200 metros
entra como juicios sumarios, si supera los 200 metros vamos al valor
catastral, si no supera los 508 mil 960 pesos, igual entra como juicio
sumario”, detalló la Subcoordinadora de la Zona Poniente del Imevis.
Cabe
mencionar que en lo que va de la actual administración, el Imevis ha
tramitado más de 17 mil títulos y 17 mil 131 juicios sumarios de
usucapión, esto se traduce en beneficios para el mismo número de
familias que ahora cuentan con la seguridad y certeza jurídica de su
patrimonio al tener en sus manos su título de propiedad.
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