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Personal de la PROFEPA inspeccionó las descargas de aguas residuales
provenientes de cárcamos de la empresa DESARROLLO MARINA IXTAPA, S.A. de C.V.,
detecta incumplimientos.
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Inspeccionados no cuentan con el Permiso de descarga de aguas residuales,
expedido por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera
temporal total las descargas de aguas residuales del Desarrollo Marina Ixtapa,
S.A. de C.V., en el municipio de Zihuatanejo de Azueta, Guerrero, por no contar
con el Permiso de descarga que expide la Comisión Nacional de Agua (CONAGUA).
La
Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad realizó visita de inspección
durante los días 27 y 28 de julio de 2017, donde se verificó que dicho
Desarrollo descarga aguas residuales a cuerpos de aguas nacionales sin el
tratamiento ni la autorización para verter, en forma permanente o intermitente,
aguas residuales provenientes del Desarrollo Marina Ixtapa, S.A. de C.V.
Con
ello, la PROFEPA constató que el Desarrollo Marina Ixtapa, S.A. de C.V., no da
cumplimiento a lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales y la Ley General
del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Durante
la diligencia, inspectores de la PROFEPA observaron que el motivo de la
descarga es originado por el mal estado en el que se encuentran los cárcamos de
bombeo.
El Desarrollo no presentó los reportes del volumen de agua
residual descargada ni el monitoreo de la calidad de sus descargas, basados en
determinaciones realizadas por laboratorio acreditado y aprobado por la
CONAGUA, por lo que no pudo comprobar que da cumplimiento a condiciones
particulares de descarga de aguas residuales.
Cabe
señalar que el no contar con permiso en el que se establezcan los parámetros
físicos, químicos y biológicos y los niveles máximos permitidos en las
descargas de agua residual, determinados por la autoridad competente, con el
fin de conservar y controlar la calidad de las aguas, representa un riesgo
inminente de desequilibrio ecológico, daño o deterioro grave a los recursos
naturales y, en su caso, de contaminación con repercusiones peligrosas para los
ecosistemas, sus componentes y para la salud pública.
En
ese sentido, la PROFEPA impuso como medida de seguridad la Clausura temporal
total de la descarga de aguas residuales, por lo que no se podrán continuar
descargando las aguas residuales provenientes del Desarrollo, hasta el
cumplimiento a las medidas ordenadas.
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