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Se aplica estrategia de cero tolerancia con el despliegue de más de 260
elementos de la PROFEPA, SEMAR, SEDENA, Gendarmería, CONAPESCA y CONANP.
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Serán sancionadas todas las actividades de aprovechamiento pesquero hasta que no
sean emitidas las autorizaciones federales de la SEMARNAT.
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Actualmente ningún pescador o embarcación de la zona cuentan con la
Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) para pescar dentro de la zona de
amortiguamiento de esa Área Natural Protegida.
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Participarán en la vigilancia 266 elementos de la PROFEPA, SEMAR, SEDENA,
Gendarmería, CONAPESCA y CONANP que llevarán a cabo operaciones mixtas en el
Alto Golfo de California.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) vigilará que no se
lleve a cabo aprovechamiento pesquero en el Área Natural Protegida (ANP) del
Alto Golfo de California y Delta de Río Colorado, en tanto se otorguen las
autorizaciones y/o permisos correspondientes a toda aquella persona o
embarcación interesada en realizar dicha actividad.
Lo
anterior debido a que actualmente ningún pescador o embarcación registrada en
la zona cuenta con la autorización federal que emite la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), para el aprovechamiento dentro de la
zona de amortiguamiento de la ANP Alto Golfo de California.
En ese sentido y ante el inicio de la
migración reproductiva de la totoaba (Totoabamacdonaldi) el Gobierno Federal
desplegó en el Alto Golfo de California, a más de 266 inspectores, oficiales de
pesca y fuerza pública para combatir la extracción y tráfico ilegal de esta
especie.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la Secretaría de
Marina Armada de México (SEMAR), la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA),
la Gendarmería, la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) y la
Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), aplican una
estrategia de cero tolerancia contra el tráfico ilegal de buche de totoaba.
Cabe
resaltar que los primero resultados, a dos días del inicio de las operaciones,
se reflejan en el aseguramiento de 02 lanchas con motores de 200 HP, 19 redes
en donde se encontraron atrapadas 15 totoabas muertas, 04 totoabas vivas y 02
delfines.
14
de las redes aseguradas fueron encontradas a la deriva en el mar y las 05
restantes a bordo de las dos embarcaciones donde pescadores furtivos se dieron
a la fuga y posteriormente abandonaron en un área fangosa.
El
personal desplegado en la zona bajo el esquema de operaciones mixtas llevan a
cabo una vigilancia por mar, tierra y aire para impedir las actividades de
extracción ilegal de especies marinas, como la totoaba, y sobre todo los daños
colaterales que estas actividades ocasionan a
la población de Vaquita Marina (Phocoenasinus).
En
la zona del Alto Golfo de California se ha fortalecido la presencia de las
autoridades con 130 Infantes de Marina, 45 Gendarmes, 31 efectivos de la
SEDENA, 30 oficiales de pesca, 24 inspectores y 06 guardaparques; quienes
cuentan con vehículos todoterreno y patrullas marinas, además del apoyo de
tecnología traducido en un sistema de aeronaves no tripuladas.
En
el marco de las acciones de fortalecimiento se incorporarán binomios caninos de
la SEMAR y la Gendarmería, quienes están en un proceso corto de adiestramiento
de los perros para la detección de totoaba. Asimismo, se mantiene un programa
de capacitación sobre identificación de especies marinas que se proporciona a
todo elemento que se incorpora a las operaciones.
Cabe
señalar, que la pesca de curvinagolfina (Cynoscionothonopterus) en el Alto
Golfo de California coincide con la migración reproductiva de la totoaba, sin
embargo ante la ausencia de autorizaciones en materia de impacto ambiental los
pescadores legales no pueden llevar a cabo la pesca hasta contar con la
autorización emitida por la SEMARNAT.
Por
otro lado, se debe señalar que cualquier aprovechamiento pesquero en el Área
Natural Protegida (ANP) del Alto Golfo de California y Delta de Río Colorado,
debe de contar con la autorización respectiva y la manifestación de impacto
ambiental (MIA), en los términos de las disposiciones legales y reglamentarias
aplicables, por ello, cualquier embarcación que se localice pescando al
interior del ANP deberá contar con su MIA o de lo contrario serán sancionados
los pescadores en apego al Artículo 81 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Áreas Naturales
Protegidas.
Finalmente,
es de resaltar que el Senado de la República aprobó una importante reforma a la
Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para que cuando tres o más
personas se organicen, en forma permanente o reiterada, para cometer algún
delito contra el ambiente, previsto en la fracción IV del artículo 420 del
Código Penal Federal en materia de tráfico de vida silvestre, serán sancionadas
como integrantes de la delincuencia organizada.
Gracias
a esta reforma la autoridad federal podrá investigar, procesar y sancionar a
quienes capturen, posean, trafiquen, comercialicen o atenten contra la vida
silvestre con mayor severidad. Para cumplir con este propósito el Ministerio
Público y la Policía Federal podrán intervenir comunicaciones telefónicas,
infiltrar agentes en los grupos delictivos, realizar operaciones encubiertas y
solicitar la prisión preventiva oficiosa ante los Jueces federales del sistema
penal acusatorio.
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