- Decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador destaca que, para su implementación, los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario de carga serán los primeros en ser invitados
- Se concesionarán las primeras 7 rutas, entre ellas, México-Veracruz-Coatzacoalcos; Tren AIFA-Pachuca; Tren México-Querétaro-León-Aguascalientes; Tren Manzanillo-Colima-Guadalajara-Irapuato
- El Decreto entrará en vigor a partir de este 20 de noviembre de 2023, en que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informa que se declara área prioritaria para el desarrollo nacional la prestación del servicio público ferroviario de pasajeros en el Sistema Ferroviario Mexicano, de acuerdo al Decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En las vías generales de comunicación ferroviaria concesionadas -añade-, se dará preferencia a la prestación del servicio público ferroviario de pasajeros y se respetará el servicio público de transporte en los términos de lo dispuesto en la concesión respectiva.
Por lo que, para la implementación del servicio ferroviario de pasajeros, los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario de carga serán los primeros en ser invitados para presentar los proyectos, dentro de sus vías generales de comunicación ferroviaria que les fueron otorgadas en concesión.
Los interesados deberán presentar sus propuestas ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) a más tardar el 15 de enero de 2024.
Las primeras 7 rutas que se concesionarán y deberán considerar preferentemente las estaciones que se encontraban en operación antes del año de 1995, son:
- Tren México-Veracruz-Coatzacoalcos,
- Tren Interurbano AIFA-Pachuca
- Tren México-Querétaro-León-Aguascalientes
- Tren Manzanillo-Colima-Guadalajara-Irapuato
- México-San Luis Potosí-Monterrey-Nuevo Laredo
- México-Querétaro-Guadalajara-Tepic-Mazatlán-Nogales
- Aguascalientes-Chihuahua-Ciudad Juárez
La regulación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, así como la implementación del Decreto, estará a cargo de la SICT y de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF), en el marco de sus respectivas atribuciones, subraya.
En caso de que los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario de carga no presenten propuestas viables en inversión, tiempo de construcción, modernización de vías para otorgar el servicio de pasajeros o no manifiesten su interés y aceptación en el plazo establecido, el Gobierno Federal, a través de la SICT, podrá otorgar títulos de asignación.
Éstos a la Secretaría de la Defensa Nacional o a la Secretaría de Marina, que ya operan el Tren Maya y el Tren del Istmo de Tehuantepec, o en su caso, a particulares que presenten propuestas y estén interesados en prestar el servicio de transporte ferroviario de pasajeros en términos de lo dispuesto por la Ley Reglamentaria de los Servicios Ferroviarios y su Reglamento.
El Decreto, rubricado por el titular de la SICT, Jorge Nuño Lara, entrará en vigor a partir de este lunes 20 de noviembre de 2023 en que fue publicado en el DOF.
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