lunes, 2 de octubre de 2023

TIIE de Fondeo compuesta por adelantado a plazos de 28, 91 y 182 días

Con el fin de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y
considerando las recomendaciones de la asociación que agrupa a autoridades
financieras de diversos países, denominada Consejo de Estabilidad Financiera
(FSB, por sus siglas en inglés) y de la Organización Internacional de Comisiones de
Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés) respecto de las características que deben
tener las tasas de referencia, 1 en enero de 2020, el Banco de México comenzó a
publicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a
un día hábil bancario (TIIE de Fondeo), con las características recomendadas por
las mencionadas organizaciones internacionales. Desde entonces, este Instituto
Central ha fomentado el uso y desarrollo de la TIIE de Fondeo, a fin de consolidarla
como una referencia clave en el mercado de dinero.
En línea con lo anterior y después de un análisis realizado con el apoyo de los
participantes de los mercados financieros en nuestro país, el Banco de México ha
considerado necesario el establecimiento y publicación de tasas de referencia a
plazos de 28, 91 y 182 días que estén basadas en la TIIE de Fondeo, para fomentar
el uso de dicha tasa en nuevos instrumentos financieros.
En ese contexto, este Instituto Central inició el pasado 19 de septiembre la
publicación de la TIIE de Fondeo compuesta por adelantado a plazos de 28, 91 y
182 días; del Índice de TIIE de Fondeo con composición en días hábiles bancarios,
y del Índice de TIIE de Fondeo con composición en días naturales.
La metodología para el cálculo de la TIIE de Fondeo compuesta por adelantado se
establecerá en las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones
de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan
vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de
Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, contenidas en la Circular
3/2012 del Banco de México.
1
El FSB recomienda que las tasas de referencia cumplan con los principios establecidos por la IOSCO. Dichos principios
tienen por objetivo dar legitimidad a la determinación de dichas tasas, abordando aspectos relevantes como gobernanza,
metodología de cálculo, rendición de cuentas y calidad de la tasa de referencia. Para mayor información, se podrá
consultar: https://www.iosco.org/library/pubdocs/pdf/IOSCOPD415.pdf (disponible solo en inglés).
Uso Público
Información de acceso público.
Página 1 de 2“2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo”
Asimismo, en las “Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 4o.
de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros en
materia de tasas de interés”, contenidas en la Circular 14/2007 del Banco de México,
así como a las disposiciones señaladas en el párrafo inmediato anterior, se
establecerá que las instituciones financieras podrán convenir el uso de dichas tasas
en sus operaciones.
Atento a lo anterior, este Instituto Central somete a consulta pública los proyectos
de disposiciones para modificar las “Disposiciones aplicables a las operaciones de
las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas
que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera
Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero” y las
“Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 4o. de la Ley para la
Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros en materia de tasas de
interés”, contenidas en las Circulares 3/2012 y 14/2007 del Banco de México,
respectivamente. Los proyectos de disposiciones y su correspondiente plan de
consulta están a disposición de cualquier persona en el portal del Banco de México,
a través de la liga siguiente:
https://www.banxico.org.mx/ConsultaRegulacionWeb/
Este Banco Central recibirá comentarios a estos proyectos de disposiciones del
público en general, únicamente por medio de dicho portal, hasta las 18:00 horas del
27 de octubre de 2023.

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