- La medida tiene la finalidad de apoyar al público usuario que ya adquirió boletos para la temporada de invierno 2023
- Se dispondrá de mayor tiempo para resolver el proceso de planeación en la asignación de slots
- Esta reducción no aplicará a vuelos internacionales
El 28 de agosto del 2023, AFAC emitió un resolutivo que establece
la reducción temporal de 52 a 43 operaciones por hora en el AICM a
partir de la temporada de invierno 2023, misma que fue comunicada en el
Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de ese mismo mes e informada
a las líneas aéreas, a través del Comité de Operación y Horarios del
AICM.
El AICM, en apego a las atribuciones que le impone la Ley de
Aeropuertos Vigente, en el artículo 63, que establece que el
administrador aeroportuario determinará los horarios de aterrizaje y
despegue, en cumplimiento al comunicado del DOF citado y con la
finalidad de apoyar a los usuarios que ya adquirieron sus boletos para
las fechas que abarca la temporada de invierno 2023; asimismo, para
disponer de mayor tiempo para el complejo proceso de la planeación en la
asignación de slots en apego a las mejores prácticas internacionales,
iniciará la aplicación de la citada reducción a partir del lunes 8 de
enero del 2024, en el entendido de que con esta resolución no se
suspenderá ningún vuelo internacional.
La SICT, SEMAR y el AICM han tomado las acciones citadas, con el
objetivo de acatar la disposición emanada por la autoridad aeroportuaria
con fines de garantizar la óptima operación del aeropuerto y la
adecuada prestación del servicio público, y a la vez apoyar a los
usuarios, a quienes nos debemos.
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