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PROFEPA notificó hoy al al municipio de Oaxaca de Juárez, Distrito del Centro,
sobre el retiro de los Residuos Sólidos Urbanos, medidas a cumplir en un plazo
de 10 días naturales
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Inspección obedece a denuncias de la ciudadanía y al ser un hecho notorio la
habilitación de un tiradero a cielo abierto de RSU en el cauce del Río Atoyac,
el cual carece de autorización
La Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente (PROFEPA), impuso medidas de urgente aplicación --y notificó hoy-- al
municipio de Oaxaca de Juárez, para que retire del cauce del Río Atoyac, en un
plazo de diez días naturales, los Residuos Sólidos Urbanos (RSU), acumulados
por la existencia de un tiradero a cielo abierto.
En ese período, deberá presentar
evidencia de la disposición final de dichos residuos para su manejo a un lugar
autorizado por la autoridad competente y abstenerse de continuar con su
depósito y acumulación de basura en el afluente.
Personal de inspección de la PROFEPA
llevó a cabo una visita de inspección en materia de impacto ambiental al
municipio de Oaxaca de Juárez, Distrito del Centro, con el objeto de verificar
el cumplimiento de la normatividad referente a las actividades que se realizan
en el cauce del Río Atoyac y su zona federal, consistente en el depósito de
RSU.
La
supervisión de esa zona se realiza en atención a denuncias de la ciudadanía y
por ser un hecho notorio la habilitación de un tiradero a cielo abierto de
residuos sólidos urbanos en el cauce del Río Atoyac, al encontrarse en la zona
conurbada, a un costado de las bodegas de fruta del Mercado de Abastos, el cual
no cuenta con las autorizaciones correspondientes.
Con
base en el plano de delimitación --E14D47ATO-12 DE 26,
elaborado por la Comisión Nacional del
Agua (CONAGUA)-- se observó que dentro del cauce del río existe, además,
relleno y compactación en una superficie de dos mil 902.5 m2, donde actualmente
está el tiradero a cielo abierto de Residuos Sólidos Urbanos, sin ningún tipo
de separación o manejo.
El día de hoy se notificó al responsable de
dicha actividad --el municipio de Oaxaca de Juárez-- sobre la imposición de medidas de urgente
urgente aplicación:
1) Retirar del cauce del Río Atoyac y su zona
federal, la totalidad de los residuos sólidos urbanos (RSU) acumulados en las
coordenadas UTM DATUM WGS84 14Q X740837 Y1887219 del río Atoyac, en un plazo de
diez días naturales.
Hecho
lo anterior, deberá presentar a esta autoridad, evidencia de la disposición
final de dichos residuos para su manejo a un lugar autorizado por la autoridad
competente.
2) Una vez realizada la actividad citada con
antelación, deberá abstenerse de continuar realizando el depósito y acumulación
de residuos sólidos urbanos en dicho lugar.
Estas
medidas se llevaran a cabo independientemente de los permisos, autorizaciones o
regulaciones, Municipales, Estatales o Federales con que cuente en otras
materias.
La Profepa tiene como atribución
realizar actividades de inspección y vigilancia para verificar el cumplimiento
de las leyes en materia ambiental.
La Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente realiza las acciones necesarias para el cumplimiento de las
determinaciones impuestas y, con ello, garantizar el derecho humano a un medio
ambiente sano.
“Este
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de Protección al Ambiente. Si usted no es el destinatario, le suplicamos
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