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Volvo Car México, S.A. de C.V., no
acreditó haber dado cumplimiento a las Normas Oficiales Mexicanas
NOM-042-SEMARNAT-2003 NOM-079-SEMARNAT-1994, antes de la importación y/o comercialización
de sus vehículos nuevos.
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La empresa no obtuvo sus certificados NOM de cumplimiento ambiental otorgados
por la PROFEPA previo a la importación y/o comercialización de 585 vehículos
nuevos.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) multó con
$1,672,405.46 a Volvo Car México, S.A. de C.V., por comercializar e importar
585 vehículos sin contar previamente con 22 Certificados NOM de cumplimiento
ambiental que expide esta Procuraduría.
Lo
anterior al no dar cumplimiento a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente y a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas
NOM-042-SEMARNAT-2003 y NOM-079-SEMARNAT-1994, las cuales establecen que es
necesario comprobar el cumplimiento de los límites máximos permisibles de ruido
y contaminantes antes de comercializar los vehículos.
Volvo
Car México, S.A. de C.V., comercializó en el territorio nacional un total de
585 vehículos automotores nuevos de la Marca
Volvo, de los modelos S60 1.6I,
S60 3.0I, S80 3.0I, V40 1.6I 150HP, V40 CC 1.6I 180HP, V40 2.0I 245HP, V40
2.5I, V60 2.0I, XC60 2.0I 245HP, XC60 2.0I 306HP, XC60 3.0I, S60 2.0I, V40
ADDITION 1.5I, V40 FIRST EDITION 2.0I, V40 SPORT 2.0I.
V40
R-DESIGN 2.0I, V40 CROSS COUNTRY INSPIRATION 2.0I, V40 CROSS COUNTRY MOMENTUM
2.0I, XC60 INSPIRATION 2.0I, XC60 OCEAN RACE 2.5I, XC90 KINETIC 2.0I y V60
2.5I, año modelo 2015 y 2016.
El
Certificado NOM de cumplimiento ambiental es el que acredita el cumplimiento de
los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos totales o no
metano, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno y partículas provenientes del
escape de los vehículos automotores nuevos, cuyo peso bruto vehicular no exceda
los 3,857 kilogramos, que usan gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural y
diésel, así como de las emisiones de hidrocarburos evaporativos provenientes
del sistema de combustible de dichos vehículos previstos en la Norma Oficial
Mexicana NOM-042-SEMARNAT-2003 y NOM-079-SEMARNAT-1994.
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